Valdemaqueda (BOCM-20240726-76)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 177
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
Pág. 227
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
VALDEMAQUEDA
OFERTAS DE EMPLEO
BOCM-20240726-76
Por Decreto de Alcaldía número 2024-0258, de 22 de julio de 2024, se aprueban las
bases y la convocatoria del proceso de selección para la constitución de una bolsa de trabajo temporal en la categoría profesional de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de
Valdemaqueda, por el sistema de concurso de méritos.
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valdemaqueda:
— http://aytovaldemaqueda.sedelectronica.es
Y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial aparecen íntegramente publicadas
las bases que han de regir la convocatoria y el Decreto de Alcaldía aprobando la convocatoria y las bases.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales a contar desde el día
siguiente a la publicación de este anuncio.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las
bases, se publicarán en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento:
— http://aytovaldemaqueda.sedelectronica.es
Y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.
Contra el citado Decreto de Alcaldía y las bases, que ponen fin a la vía administrativa, se
puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente a esa publicación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contado de igual forma, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Valdemaqueda, a 22 de julio de 2024.—El alcalde-presidente, Ricardo Meneses Cabrero.
(02/12.122/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 177
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Pág. 227
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
VALDEMAQUEDA
OFERTAS DE EMPLEO
BOCM-20240726-76
Por Decreto de Alcaldía número 2024-0258, de 22 de julio de 2024, se aprueban las
bases y la convocatoria del proceso de selección para la constitución de una bolsa de trabajo temporal en la categoría profesional de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de
Valdemaqueda, por el sistema de concurso de méritos.
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valdemaqueda:
— http://aytovaldemaqueda.sedelectronica.es
Y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial aparecen íntegramente publicadas
las bases que han de regir la convocatoria y el Decreto de Alcaldía aprobando la convocatoria y las bases.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales a contar desde el día
siguiente a la publicación de este anuncio.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las
bases, se publicarán en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento:
— http://aytovaldemaqueda.sedelectronica.es
Y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.
Contra el citado Decreto de Alcaldía y las bases, que ponen fin a la vía administrativa, se
puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente a esa publicación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contado de igual forma, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Valdemaqueda, a 22 de julio de 2024.—El alcalde-presidente, Ricardo Meneses Cabrero.
(02/12.122/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791