A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240726-2)
Creación centro docente – Decreto 82/2024, de 24 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crean cuatro institutos de Educación Secundaria en los municipios de Morata de Tajuña, Campo Real, Loeches y El Boalo para el curso escolar 2024-2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 177
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
Pág. 11
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
2
DECRETO 82/2024, de 24 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crean
cuatro institutos de Educación Secundaria en los municipios de Morata de Tajuña, Campo Real, Loeches y El Boalo para el curso escolar 2024-2025.
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece, en su artículo 29, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda
su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.
La demanda de puestos escolares que se viene produciendo en determinadas localidades hace necesario que la Administración educativa emprenda la creación de nuevos institutos de Educación Secundaria que permitan dar una respuesta adecuada a las necesidades
de escolarización, en aquellos lugares donde concurre tal circunstancia. De este modo, se
asegura la calidad de la oferta educativa y la proximidad del instituto de Educación Secundaria al lugar de residencia de los alumnos.
En los municipios de Morata de Tajuña, Campo Real, Loeches y El Boalo, las necesidades de escolarización, la demanda de puestos escolares, así como la falta de un centro
educativo sostenido con fondos públicos que ofrezca enseñanzas de Bachillerato, aconsejan la creación de cuatro institutos de Educación Secundaria, en atención a un mejor aprovechamiento y eficiencia de los recursos y a una mejor disposición de la planificación de
puestos educativos de las zonas.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,
Reguladora del Derecho a la Educación, así como en el artículo 2 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de
enero, la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno
de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Asimismo, el Decreto 40/2012, de 1 de marzo, por el que se regula la denominación
específica de los centros educativos públicos en la Comunidad de Madrid, dispone que los
centros educativos públicos de nueva creación tendrán la denominación específica que
apruebe el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
En el proceso de elaboración de este Decreto ha emitido dictamen el Consejo Escolar
de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 12/1999, de 29 de
abril, de Creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.
En virtud de todo lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de
la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, y a propuesta del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONE
Primero
Creación de cuatro institutos de Educación Secundaria
a) Instituto de Educación Secundaria “Vega del Tajuña”, código 28046297, situado
en calle Doctor Sánchez Pérez, número 1, en Morata de Tajuña.
b) Instituto de Educación Secundaria “Campo Real”, código 28065841, situado en
avenida de la Circunvalación, número 3, en Campo Real.
BOCM-20240726-2
1. Se crean los siguientes institutos de Educación Secundaria, en los municipios que
se indican:
B.O.C.M. Núm. 177
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024
Pág. 11
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
2
DECRETO 82/2024, de 24 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crean
cuatro institutos de Educación Secundaria en los municipios de Morata de Tajuña, Campo Real, Loeches y El Boalo para el curso escolar 2024-2025.
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece, en su artículo 29, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda
su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.
La demanda de puestos escolares que se viene produciendo en determinadas localidades hace necesario que la Administración educativa emprenda la creación de nuevos institutos de Educación Secundaria que permitan dar una respuesta adecuada a las necesidades
de escolarización, en aquellos lugares donde concurre tal circunstancia. De este modo, se
asegura la calidad de la oferta educativa y la proximidad del instituto de Educación Secundaria al lugar de residencia de los alumnos.
En los municipios de Morata de Tajuña, Campo Real, Loeches y El Boalo, las necesidades de escolarización, la demanda de puestos escolares, así como la falta de un centro
educativo sostenido con fondos públicos que ofrezca enseñanzas de Bachillerato, aconsejan la creación de cuatro institutos de Educación Secundaria, en atención a un mejor aprovechamiento y eficiencia de los recursos y a una mejor disposición de la planificación de
puestos educativos de las zonas.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,
Reguladora del Derecho a la Educación, así como en el artículo 2 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de
enero, la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno
de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Asimismo, el Decreto 40/2012, de 1 de marzo, por el que se regula la denominación
específica de los centros educativos públicos en la Comunidad de Madrid, dispone que los
centros educativos públicos de nueva creación tendrán la denominación específica que
apruebe el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
En el proceso de elaboración de este Decreto ha emitido dictamen el Consejo Escolar
de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 12/1999, de 29 de
abril, de Creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.
En virtud de todo lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de
la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, y a propuesta del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONE
Primero
Creación de cuatro institutos de Educación Secundaria
a) Instituto de Educación Secundaria “Vega del Tajuña”, código 28046297, situado
en calle Doctor Sánchez Pérez, número 1, en Morata de Tajuña.
b) Instituto de Educación Secundaria “Campo Real”, código 28065841, situado en
avenida de la Circunvalación, número 3, en Campo Real.
BOCM-20240726-2
1. Se crean los siguientes institutos de Educación Secundaria, en los municipios que
se indican: