Madrid (BOCM-20240724-56)
Contratación. Distrito de Villaverde. Licitación
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B.O.C.M. Núm. 175

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE JULIO DE 2024

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El distrito de Villaverde limitará la utilización del contenido de las propuestas única y
exclusivamente a la definición de las especificaciones del eventual procedimiento de contratación que siguiese a la consulta preliminar del mercado. Las especificaciones técnicas y
soluciones que se presenten no podrán mencionar una fabricación, procedencia determinada o un procedimiento concreto, ni hacer referencia a una marca, a una patente y a un tipo,
a un origen o a una producción determinados.
Sexto. Presentación de las propuestas.—La presentación de las propuestas se realizará a través de un formulario electrónico en el que se adjuntará un breve resumen de la propuesta y la documentación complementaria que se estime pertinente.
Para la presentación de las propuestas los participantes deberán ceñirse a las siguientes reglas básicas:
a) El formulario electrónico de presentación y el anexo relativo a la ficha en la que se
establece la descripción de la propuesta presentada, deberán ser cumplimentados.
Dicha ficha se encuentra además disponible en la página web del Ayuntamiento
en el enlace indicado. Además, podrá presentarse la documentación complementaria que estimen pertinente, donde se desarrolle la propuesta con mayor detalle.
b) La presentación de las propuestas se realizará remitiendo la documentación a través del formulario correspondiente.
c) Los participantes en esta convocatoria deberán enviar sus propuestas en idioma
castellano.
d) En caso de que una propuesta se presente de forma conjunta por un grupo de personas o entidades, deberá identificarse aquella que las represente para los efectos
de interlocución con la Administración. En todo caso, cada uno de los interesados
deberá asumir los eventuales costes derivados de su participación.
e) Las propuestas se podrán presentar en cualquier momento durante el período comprendido entre la publicación del acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y la fecha de cierre de la consulta preliminar del mercado.
f) Una vez recopiladas las propuestas presentadas, así como el resto de información
recabada durante la consulta preliminar del mercado, el distrito de Villaverde podrá utilizar esta información en la definición de un eventual procedimiento de licitación posterior.
El distrito de Villaverde, de acuerdo a sus intereses, se reserva el derecho, en su caso,
de convocar individualmente a participantes concretos para realizar una presentación más
detallada o ampliar la información sobre su propuesta.
Séptimo. Transparencia de la consulta.—Para asegurar la transparencia del proceso,
la disponibilidad de la mayor información posible y el intercambio eficaz de experiencias
y opiniones, los participantes harán constar expresamente su consentimiento para que el
distrito de Villaverde mantenga accesible y actualizada la información necesaria, total o
parcial, sobre las propuestas presentadas. En caso de no dar consentimiento, serán excluidas de un eventual proceso de licitación posterior.
Octavo. Confidencialidad y protección de datos de carácter personal.—El distrito
de Villaverde no podrá divulgar la información facilitada por los participantes en la consulta preliminar del mercado que éstos hayan designado como confidencial en el Anexo o en
la documentación complementaria que se presente. No será admisible que efectúen una declaración genérica o declaren que todos los documentos o toda la información tiene carácter confidencial. Este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y
a los aspectos confidenciales de las soluciones. De conformidad con la Ley Orgánica de
Protección de Datos de Carácter Personal, los datos de carácter personal aportados por los
participantes serán objeto de un tratamiento puntual por el órgano competente de la convocatoria con la finalidad exclusiva de facilitar el contacto durante el proceso de consulta preliminar de mercado. Se podrán dirigir a dicho órgano para el ejercicio de sus derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Noveno. Procedimiento de contratación.—Una vez realizada la definición de las especificaciones técnicas y administrativas a desarrollar, a partir de las ideas de soluciones recogidas
como resultado de esta convocatoria, el distrito de Villaverde podrá iniciar los correspondientes
procedimientos de contratación según lo establecido en la legislación contractual. El procedimiento estará abierto a todas las soluciones propuestas posibles que cumplan las condiciones
establecidas, hayan o no estado ligadas a la consulta preliminar del mercado.
Madrid, a 15 de julio de 2024.—El concejal-presidente del Distrito de Villaverde, Orlando Chacón Tabares.
(01/11.769/24)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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