C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240724-25)
Concesión premios –  Orden 3158/2024, de 10 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se conceden los premios relativos al XV Torneo Escolar de Debate de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MIÉRCOLES 24 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 175

Cuarto
Pago de las cuantías
Los premios concedidos se harán efectivos en un único pago. En el caso de los centros
de titularidad pública, el pago se realizará a través de las direcciones de área territorial. En
el caso de centros privados y concertados, los libramientos se remitirán a nombre de los
centros que hayan sido premiados.
La cuantía de los premios correspondientes a los profesores preparadores se librará a
favor de los centros que, a su vez, quedan obligados a transferir dicha cuantía a los mencionados profesores. Todo ello de conformidad con el dispongo decimotercero de la citada Orden 267/2024, de 7 de febrero.
Quinto
Obligaciones de los beneficiarios
Las obligaciones de los beneficiarios y el régimen de control serán los establecidos en
el dispongo decimosexto de la Orden 267/2024, de 7 de febrero.
Sexto
Recursos
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de acuerdo con
lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente
a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 10 de julio de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO

BOCM-20240724-25

(03/11.493/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791