Cobeña (BOCM-20240723-83)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 174
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE JULIO DE 2024
Pág. 219
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
83
COBEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240723-83
Aprobada provisionalmente la imposición de la tasa por el servicio de gestión de residuos de competencia local y la ordenanza fiscal reguladora de la misma, por acuerdo del Pleno de fecha 11 de julio de 2024, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real
Decreto Ley 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Cobeña, a 12 de julio de 2024.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.
(03/11.465/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
83
COBEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240723-83
Aprobada provisionalmente la imposición de la tasa por el servicio de gestión de residuos de competencia local y la ordenanza fiscal reguladora de la misma, por acuerdo del Pleno de fecha 11 de julio de 2024, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real
Decreto Ley 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Cobeña, a 12 de julio de 2024.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.
(03/11.465/24)
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ISSN 1989-4791