Madrid (BOCM-20240723-67)
Régimen económico. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Concesión subvenciones
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BOCM
Pág. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 174
BOCM-20240723-67
Medio Ambiente y Movilidad en el plazo de un mes, o directamente recurso contenciosoadministrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. El
cómputo de ambos plazos se iniciará desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP), así como en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que el
interesado utilice cualquier otro recurso que estime procedente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40 de la LPACAP.
Madrid, a 19 de julio de 2024.—El delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.
(01/12.132/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Medio Ambiente y Movilidad en el plazo de un mes, o directamente recurso contenciosoadministrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. El
cómputo de ambos plazos se iniciará desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
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Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que el
interesado utilice cualquier otro recurso que estime procedente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40 de la LPACAP.
Madrid, a 19 de julio de 2024.—El delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.
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