C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240723-33)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 9 de julio de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, para los años 2024 y 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 174

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE JULIO DE 2024

Pág. 103

DISPONGO
Primero
Objeto de la Orden
Modificar la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico
de subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los
años 2024 y 2025, en el siguiente sentido:
Uno. Se añade un epígrafe IV al apartado 6.5.a) del anexo de la citada Orden con el
siguiente contenido:
«IV. Subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en municipios
con dificultades demográficas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiadas por la Unión Europea con fondos Next Generation:
1. Área de competencia y sectores a los que se dirige:
Podrán ser beneficiarios los Ayuntamientos y mancomunidades integradas por los municipios de las zonas que se determinen en las bases reguladoras y las entidades sin ánimo
de lucro que cuenten entre sus fines y actividad el desarrollo de actuaciones de bioeconomía y gestión forestal, que repercuta en el fomento de la actividad social y económica de
las zonas afectadas por características demográficas adversas.
2. Objetivos y efectos:
La finalidad de las actuaciones subvencionadas es contribuir a reactivar e incentivar la
actividad económica en zonas en situación de vulnerabilidad territorial y declive demográfico, mediante el desarrollo de iniciativas destinadas a la gestión y usos sostenible de los recursos forestales, generadoras de empleo y revalorizadoras del territorio, además de promover beneficios sociales locales.
3. Plazo para su consecución: 2024:
Sin perjuicio de ello, los objetivos de esta línea se plantean con carácter indefinido en
el tiempo.
4. Costes previsibles y fuente de financiación:
El crédito propuesto para 2024 será el siguiente:
2025
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La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 942O, subconcepto 79909 “Otras actuaciones”,
La fuente de financiación proviene de fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el marco del componente 4 “Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad”.
5. Plan de Acción:
Se pretende equilibrar desigualdades territoriales y contribuir a aportar soluciones al reto
demográfico a través del papel potencial de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos.
Las subvenciones se otorgarán mediante procedimiento de concurrencia competitiva
simplificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid y sin existir criterios de valoración que
establezcan un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos en la presente orden.
6. Seguimiento y evaluación:
Los indicadores que permitirán verificar el grado de cumplimiento de este Plan serán
el número de acciones a realizar por la entidad destinataria de la subvención.
Los sistemas de evaluación serán:
— Cumplimiento de los objetivos fijados en el presente Plan.
— Grado de ejecución presupuestaria».

BOCM-20240723-33

2024
331.740,35 euros