Torrejón de Ardoz (BOCM-20240723-102)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 174

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE JULIO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
102

TORREJÓN DE ARDOZ
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por decreto de Alcaldía número 2024-1098, de 12 de julio de 2024, se aprobó la resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:
“Primero.—Delegar en los tenientes de alcalde, que a continuación se citan, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme el siguiente detalle:
TENIENTE DE ALCALDE

PERIODO

DON ALVARO MARTIN TORREJON
PRIMER TENIENTE DE ALCALDE

Del 19 de julio de 2024 al 24 de julio
de 2024 (ambos inclusive)

DON JOSE HERNANDO ANDRES
TERCER TENIENTE DE ALCALDE

Del 25 de julio de 2024 al 31 de julio
(ambos inclusive)

DON ALVARO MARTIN TORREJON
PRIMER TENIENTE DE ALCALDE

Del 1 de agosto de 2024 al 12 de
agosto (ambos inclusive)

BOCM-20240723-102

Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo
caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas
en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia,
tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28
de noviembre.
Cuarto.—La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de
tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto.—La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
Sexto.—En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente
las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas
que para la delegación se establecen en dichas normas.
Lo que se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2
del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
En Torrejón de Velasco, a 12 de julio de 2024.—El alcalde-presidente, Esteban Bravo
Fernández.
(03/11.531/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791