D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20240723-59)
Convenio de gestión –  Convenio de 8 de julio de 2024, de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., M. P., y el Ayuntamiento de Batres
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 186

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 174

Vigésima séptima
Liquidación del Convenio por extinción del mismo
En el caso de extinción del presente Convenio por cualquier causa en fecha anterior a
la finalización del plazo de vigencia pactado, el Ayuntamiento deberá abonar a Canal las
siguientes cuantías:
— La cuantía resultante de la suma de los importes pendientes de amortizar de las
nuevas inversiones realizadas por Canal según lo previsto en el presente Convenio hasta la fecha de pérdida de vigencia del mismo.
A estos efectos, se establece que el período de amortización de las nuevas infraestructuras será el establecido en Canal para otras infraestructuras de la misma
tipología (depósito, tubería, etc.) y material (hormigón, fundición, etc.).
— En su caso, los importes pendientes de recuperar por cuota suplementaria, de las
inversiones ya efectuadas en el Municipio y todavía no recuperadas.
Una vez abonadas las cantidades indicadas en los apartados anteriores, la red municipal de distribución dejará de estar adscrita a la Red General de la Comunidad de Madrid.
Para el caso de finalización del Convenio a la terminación del plazo de vigencia pactado, el Ayuntamiento se compromete a abonar a Canal el importe pendiente de amortizar
de las inversiones realizadas por Canal.
Vigésima octava
Resolución de conflictos
Cualquier controversia que surja entre las Partes, que se derive directa o indirectamente del presente Convenio, incluidas las cuestiones relativas a su existencia, validez, eficacia, interpretación, cumplimiento o resolución, será resuelta por los Juzgados o Tribunales
de la jurisdicción contencioso-administrativa que sean competentes.
Vigésima novena
Naturaleza del presente Convenio
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 6.1 de la referida norma, al tratarse de un convenio en
el que las Partes, que no tienen vocación de mercado, desarrollan una cooperación entre
ellas con la finalidad de garantizar que los servicios públicos que les incumben, en este supuesto, la prestación eficaz, eficiente y sostenible del servicio de distribución en el municipio de Batres, se prestan de modo que se logren los objetivos que tienen en común, estando guiada dicha cooperación, únicamente, por consideraciones relacionadas con el interés
público.
Trigésima
Resolución del Convenio de gestión integral de la distribución de agua
entre el Ayuntamiento de Batres y Canal de Isabel II, de fecha 4 de junio de 1996
En aplicación de lo previsto en el apartado 2 del artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se resuelve, por acuerdo del Ente Canal y
el Ayuntamiento, el Convenio de gestión integral de la distribución de agua entre el Ayuntamiento de Batres y Canal de Isabel II, suscrito en fecha de 4 de junio de 1996.
Las Partes han incluido la liquidación y efectos resultantes de la resolución de dicho
Convenio en el expositivo sexto del presente Convenio.

Duración del Convenio
El presente Convenio, una vez sea aprobado por las Partes, surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quedando resuelto el Convenio de gestión integral de la distribución de agua entre el Ayuntamiento de Batres y Canal de Isabel II, suscrito en fecha de 4 de junio de 1996.
El presente Convenio estará vigente hasta el 27 de junio de 2062, fecha de vigencia del
Contrato-Programa de 27 de junio de 2012, celebrado entre el Ente Canal y Canal.

BOCM-20240723-59

Trigésima primera