D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20240723-59)
Convenio de gestión –  Convenio de 8 de julio de 2024, de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., M. P., y el Ayuntamiento de Batres
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 174

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE JULIO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
CANAL DE ISABEL II
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CONVENIO de 8 de julio de 2024, de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., M. P., y el Ayuntamiento de Batres.
Madrid, a 8 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Carlos Novillo Piris.
De otra parte, don José Luis Fernández-Quejo del Pozo.
De otra parte, don Mariano González Sáez.
Y de otra, don Juan Carlos Alañón Olmedo.

El primero de los citados, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid (en
adelante, Comunidad de Madrid) en su condición de Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, nombrado por Decreto 43/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26
de junio de 2023), actuando en uso de las competencias que le son propias, otorgadas por el
artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con lo previsto en el punto 3 del apartado octavo de la Orden 984/2024, de 15 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el
protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las
Mesas de Contratación de la Consejería.
El segundo, en nombre y representación del Ente Público Canal de Isabel II (en adelante, Ente Canal), en su condición de Gerente de dicha entidad, en virtud de Acuerdo del
Consejo de Administración de fecha 24 de julio de 2023, por el que se le nombra Gerente
del Ente Público Canal de Isabel II de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del
Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura
orgánica del Canal de Isabel II y en virtud de las facultades que tiene conferidas por delegación de fecha 7 de septiembre de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 28 de septiembre de 2018) de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.1.c) y 5.2
del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II.
El tercero, en nombre y representación de Canal de Isabel II, S. A., M. P. (en adelante,
Canal), en su condición de Consejero-Delegado de dicha Empresa Pública, en virtud de las
facultades que le corresponden, conferidas por acuerdo del Consejo de Administración de Canal de Isabel II, S. A., M. P., adoptado en su sesión celebrada el día 7 de septiembre de 2023,
elevado a documento público, autorizado por el Notario de Madrid, don Manuel Gerardo
Tarrío Berjano, el día 8 de septiembre de 2023, con el número 959 de su protocolo.
El cuarto, en nombre y representación del Ayuntamiento de Batres (en adelante, el
Ayuntamiento) en su condición de Alcalde-Presidente del mismo en virtud de las competencias que para representar al Ayuntamiento y para formalizar los convenios en que sea
parte aquel le atribuyen, respectivamente, el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, Ley 7/1985), y el artículo 30.1.a)

BOCM-20240723-59

INTERVIENEN