B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240723-2)
Ayudas sociales – Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia por la que se aprueba la convocatoria de la Acción Social de funcionarios de la Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid para el año 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 174
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE JULIO DE 2024
Pág. 19
Cuarto
En caso de no ejecución del total del montante destinado a la ayuda a la natalidad, la
cantidad sobrante se destinará a la ayuda al transporte.
A tales efectos se constituirá una bolsa específica de ayuda al transporte. Con arreglo a
esta, se repartirá la asignación entre todos los beneficiarios, para que éstos sufraguen parte de
los gastos que ocasiona el desplazamiento del domicilio del solicitante a su centro de trabajo.
Quinto
Una vez valoradas las solicitudes presentadas se publicarán las listas provisionales de
beneficiarios en la página web de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid,
abriéndose un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones frente a las mismas.
Revisadas las alegaciones a las listas provisionales, la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia dictará la oportuna Resolución
que aprobará los beneficiarios definitivos de los Programas de Ayudas señalados.
Sexto
Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20240723-2
En Madrid, a 10 de julio de 2024.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.
(03/11.447/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 174
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE JULIO DE 2024
Pág. 19
Cuarto
En caso de no ejecución del total del montante destinado a la ayuda a la natalidad, la
cantidad sobrante se destinará a la ayuda al transporte.
A tales efectos se constituirá una bolsa específica de ayuda al transporte. Con arreglo a
esta, se repartirá la asignación entre todos los beneficiarios, para que éstos sufraguen parte de
los gastos que ocasiona el desplazamiento del domicilio del solicitante a su centro de trabajo.
Quinto
Una vez valoradas las solicitudes presentadas se publicarán las listas provisionales de
beneficiarios en la página web de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid,
abriéndose un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones frente a las mismas.
Revisadas las alegaciones a las listas provisionales, la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia dictará la oportuna Resolución
que aprobará los beneficiarios definitivos de los Programas de Ayudas señalados.
Sexto
Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20240723-2
En Madrid, a 10 de julio de 2024.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.
(03/11.447/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791