B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240723-12)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Función pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Archivos, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y se publica la relación provisional de personas aspirantes excluidas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 174

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE JULIO DE 2024

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Cuarto
1. La cumplimentación y presentación de subsanaciones se ajustará a lo establecido
en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la
obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad
de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, debiendo cumplimentarse exclusivamente por medios electrónicos.
2. El formulario de subsanación, dirigido a la Dirección General de Función Pública, Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se encontrará disponible en el trámite correspondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad
de Madrid, cuya URL es:
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/tec-diplomado-especialista-archivos
Asimismo, el acceso a dicho enlace estará disponible en la página web del proceso selectivo:
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/archivos-a2-estabilizacionconcurso
Para ello, la persona interesada debe disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de
Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de
servicios de certificación”, o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de
Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente
para cada tipo de firma, y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse,
una vez cumplimentado el formulario de solicitud, en el proceso de envío a registro.
3. Las personas aspirantes que hubieren de subsanar deberán marcar las causas de
exclusión que les resulten aplicables, cumplimentar los datos y/o presentar la documentación acreditativa que resulte necesaria para la subsanación.
4. Aquellas personas que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos
habrán de marcar la causa identificada con el código “Z” del modelo de subsanación, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera de la Orden 2741/2022, de 29 de noviembre.
5. Se acepta el desistimiento de participación en el proceso selectivo de referencia,
declarándose el mismo concluso respecto de las personas aspirantes incluidas en el Anexo
por la causa “W”, de conformidad con lo establecido en el artículo 94, en relación con los
artículos 84.1 y 21.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Quinto
De no realizarse por las personas interesadas las subsanaciones correspondientes en el
plazo y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran
aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos ya
descritos, se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos del proceso de referencia.

En el caso de que exista desacuerdo en la puntuación recalculada que ha sido realizada sobre la puntuación declarada y consignada en la solicitud presentada por parte de la persona interesada, se deberá formular la correspondiente alegación, tanto si se encuentra en
la relación de personas admitidas como en la de excluidas, en el apartado cuarto “Alegaciones” del formulario de subsanación de defectos y causas de exclusión habilitado al efecto,
en el plazo diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente
resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 3 de julio de 2024.—La Directora General de Función Pública, P. D. F.
(Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de
Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.

BOCM-20240723-12

Sexto