Olmeda de las Fuentes (BOCM-20240722-120)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 173

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
120

OLMEDA DE LAS FUENTES
RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobados por decretos de esta Alcaldía de 8 de julio de 2024, los pre-padrones de los
tributos locales que se relacionan a continuación se exponen al público por plazo de 20 días,
para presentación de las alegaciones o reclamaciones que se tengan por convenientes.
TRIBUTO

PERÍODO DE COBRO

Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana. Ejercicio 2024

De 1 de agosto al 2 de octubre 2024

Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica. Ejercicio 2024

De 1 de agosto al 2 de octubre 2024

Impuesto de Actividades Económicas. Ejercicio 2024

De 1 de agosto al 2 de octubre 2024

BOCM-20240722-120

Según artículo 62.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, se procederá al cobro en
período voluntario de los citados tributos, en cualquier oficina de la entidad bancaria colaboradora así como en el Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes, en horario de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, recargos que correspondan y, en su caso, costas de procedimiento.
Olmeda de las Fuentes, a 8 de julio de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Victoria Roldán Prieto.
(01/11.403/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791