Villanueva de la Cañada (BOCM-20240722-130)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 173
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE JULIO DE 2024
Pág. 393
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
130
VILLANUEVA DE LA CAÑADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240722-130
En la Intervención de este Ayuntamiento y conforme dispone el artículo 17 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones, el expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
la utilización de piscina, instalaciones deportivas y otros servicios análogos, que fue inicialmente aprobados por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el 11 de julio de 2024.
Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 del citado Real Decreto
Legislativo podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen
oportunas, con sujeción a las normas que se indican a continuación:
a) Plazo de exposición y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Registro General Municipal.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.
En Villanueva de la Cañada, a 11 de julio de 2024.—El alcalde-presidente, Luis Manuel Partida Brunete.
(03/11.426/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 173
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE JULIO DE 2024
Pág. 393
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
130
VILLANUEVA DE LA CAÑADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240722-130
En la Intervención de este Ayuntamiento y conforme dispone el artículo 17 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones, el expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
la utilización de piscina, instalaciones deportivas y otros servicios análogos, que fue inicialmente aprobados por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el 11 de julio de 2024.
Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 del citado Real Decreto
Legislativo podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen
oportunas, con sujeción a las normas que se indican a continuación:
a) Plazo de exposición y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Registro General Municipal.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.
En Villanueva de la Cañada, a 11 de julio de 2024.—El alcalde-presidente, Luis Manuel Partida Brunete.
(03/11.426/24)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791