Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20240722-136)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 22 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 173

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
136

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE
DE MADRID
OFERTAS DE EMPLEO

Por resolución de Presidencia número 2024-0637, de 10 de julio de 2024, ha sido
aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo para la provisión de una plaza vacante de naturaleza estructural de Trabajador/a Social
(SS-PLF-12), para prestar servicios en el programa de Servicios Sociales denominado:
Protección Integral a la Infancia y Adolescencia frente a la Violencia, en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y
la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) en la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, dentro del marco general de ejecución de la Oferta Pública de Empleo
Ordinaria correspondiente al ejercicio del año 2024, aprobada por resolución de Presidencia de 2 de abril de 2024, bajo número 2024-0284, y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 87, de 12 de abril de 2024, y referenciada en los términos en que figuran en el expediente de su razón, según consta en la documentación
obrante en esta administración pública.
Por lo que, según se desprende de la resolución de Presidencia citada, la relación provisional de aspirantes excluidos, por orden alfabético de los mismos, es la siguiente, con indicación, en su caso, de las circunstancias que motivaron su exclusión:
RELACIÓN EXCLUIDOS NO SUBSANABLE
ORDEN

SOLICITANTE

MOTIVO

1

Alguacil Urgel, Lucía

2

Hernández Pérez, Clara

3

Mateo Perea, María Carmen

4

Sánchez Zorzo, Ignacio

Extemporáneas, las solicitudes fueron presentadas antes de la apertura del plazo oficial de
presentación de instancias (En fecha 10 de junio de 2024 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado,
número 140, extracto de la convocatoria de selección, por lo que el del plazo de presentación de
instancias de veinte días hábiles a contar desde el siguiente de la publicación del anuncio de la
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, se inició en fecha 11 de junio de 2024 y finalizó el 9 de
julio de 2024)

RELACIÓN ASPIRANTES EXCLUIDOS SUBSANABLE
ASPIRANTE

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN (ANEXO I)

CURRICULUM VITAE

(falta o incompleto)

(falta o incompleto)

1

Alía Montoro, Nazaret

X

2

Martin Castillo, José Oscar

X

3

Orlando Ruiz, Alba

X

4

San José Fernández, Noelia

X

Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, así como en las bases de la convocatoria del proceso de selección referenciado, a los
efectos de que durante el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente hábil al de
la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los
aspirantes excluidos puedan subsanar las faltas o acompañar los documentos preceptivos que
hayan motivado su exclusión provisional.
La relación provisional de aspirantes admitidos será publicada en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid
( https://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es ), tras la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la resolución dictada por la Presidencia, que se trata de un acto de trámite, no
procede la interposición de recursos contra la misma, de conformidad con el artículo, 82 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad
con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá interponer el recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad

BOCM-20240722-136

ORDEN