Madrid número 13 (BOCM-20240720-18)
Procedimiento 1497/2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 172

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 20 DE JULIO DE 2024

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
18

MADRID NÚMERO 13
EDICTO

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado
de instrucción número 13 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 1497/2024 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
Sentencia número 277 de 2024
El juez/magistrado-juez, don Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre.—En Madrid, a 30 de
mayo de 2024.
El ilustrísimo señor don Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, magistrado-juez del
Juzgado de instrucción número 13 de esta ciudad, ha visto y examinado los presentes autos
de juicio por delito leve, seguido con el número 1497/2024, en los que aparecen como denunciante perjudicada Lidl, y como parte denunciada José Luis Vidalón Condori, siendo
parte asimismo el ministerio fiscal, ha dictado la presente sentencia en base a los siguientes.
Fallo
Condeno a José Luis Vidalón Condori, como autor de un delito leve contra el patrimonio, hurto, del artículo 234.2 del Código Penal, en grado de tentativa del artículo 16, a la
pena de veintinueve días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, de conformidad con lo
establecido en el fundamento tercero de esta resolución. La parte condenada deberá abonar
las costas de este juicio.
Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las partes, instruyéndolas de
su derecho a recurrirla en apelación, ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en
el término de cinco días, contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaria, haciéndoles saber
que el recurso deberá ser formalizado ante este Juzgado mediante escrito, durante ese plazo,
exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme establece el artículo 976 de
la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma.
Así, por esta mi sentencia, la mando, pronuncio y firmo.
Publicación

BOCM-20240720-18

Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez que la dictó,
celebrando Audiencia Pública en el día de hoy que es el día de su fecha. De lo que yo, el letrado de la Administración de Justicia, doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Luis Vidalón Condori, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 8 de julio de 2024.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(03/11.145/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791