Getafe (BOCM-20240719-61)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 171

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61

GETAFE

La Junta de Gobierno, en sesión ordinaria celebrada los días 26 de junio y 10 de julio
de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
“15. Proposición de la concejala-delegada de Educación, Infancia, Recursos Humanos y Modernización de la Administración, sobre aprobación de las bases reguladoras de la
convocatoria para la cobertura de tres plazas de ténico/a medio ATS, como personal laboral fijo, por el sistema selectivo de concurso-oposición libre.
Vista la proposición de referencia de 21 de junio de 2024, las bases de referencia, el
informe de la jefa de Sección de Selección y Formación de 20 de junio de 2024 y demás documentación obrante en el expediente, por unanimidad se acuerda:
Primero.—Aprobar las doce bases reguladoras de la convocatoria de tres plazas de técnico/a medio ATS, como personal laboral por el sistema selectivo de concurso-oposición
libre, así como sus anexos I, Temario, y II, Declaración responsable de méritos.
Segundo.—Dar publicidad de las bases en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en Sede Electrónica del Ayuntamiento de Getafe”.
Primera. Objeto de la convocatoria y normas generales
1.1. Objeto de la convocatoria:
— Número plazas: tres.
— Denominación: técnico/a medio ATS.
— Grupo: L2.
— Régimen: laboral fijo.
— Nivel de titulación: Graduado/a en Enfermería o su equivalente oficial. Diplomado/a Universitario en Enfermería (ATS o DUE).
— Jornada: completa.
— Sistema selectivo: concurso-oposición libre.
— Retribuciones: 36.117,67 euros.
Las plazas ofertadas se encuentran incluidas: una en la Oferta de Empleo Público
de 2023, aprobada en Junta de Gobierno de 27 de diciembre de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 310, de 30 de diciembre de 2023), y dos se convocan
con cargo al 10 por 100 adicional de la OPE de 2023, permitido por el artículo 70 del Real
Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Funciones del puesto de trabajo:
Bajo la dependencia jerárquica del responsable del área en que trabajen y funcional y
jerárquicamente del médico/a que haya en el área o servicio, realiza las siguientes funciones:
— Elaboración de informes relacionados con su profesión y competencias.
— Control de materiales sanitarios del servicio al que estén asignados y control y reposición de medicación relacionada con el servicio.
— Participación en cursos de formación y reciclaje necesarios para su puesto de trabajo.
— Realización y ejecución de las labores necesarias que, según sus competencias, se
les requiera para el desarrollo de los programas municipales, de acuerdo con las
directrices marcadas por la jefatura correspondiente.
— Distribución y supervisión de trabajos a realizar por el colectivo a sus órdenes y
velar por la calidad de los servicios realizados.
— Guardar las normas de seguridad y salud en el trabajo.
— Proposición de programas de formación para el personal a su cargo.
— Desarrollo de talleres, conferencias y otras actividades para la promoción de la salud, hábitos saludables y prevención de la enfermedad, en centros educativos, centros cívicos y otros espacios.

BOCM-20240719-61

OFERTAS DE EMPLEO