C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20240719-18)
Convenio ejecución infraestructuras –  Convenio de 8 de julio de 2024, de ejecución de infraestructuras de alcantarillado Plan Sanea en el municipio de Zarzalejo, con cargo a cuota suplementaria, entre el Ayuntamiento de Zarzalejo, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A., M. P.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 171

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
CANAL DE ISABEL II
18

CONVENIO de 8 de julio de 2024, de ejecución de infraestructuras de alcantarillado
Plan Sanea en el municipio de Zarzalejo, con cargo a cuota suplementaria, entre el
Ayuntamiento de Zarzalejo, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A., M. P.
Madrid, a 8 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Rafael Herranz Ventura.
De otra parte, D. José Luis Fernández-Quejo del Pozo.
Y de otra, D. Mariano González Sáez.
INTERVIENEN

EXPONEN
Primero
El Ayuntamiento y el Ente Canal, junto a la Comunidad de Madrid, celebraron, en fecha 29 de febrero de 2012, el Convenio para la prestación del servicio de alcantarillado en el
municipio de Zarzalejo (en adelante, el Convenio de Alcantarillado), que fue publicado en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 99, de 26 de abril de 2012, del
que el presente Convenio supone un acto de ejecución, lo que permite que el mismo pueda te-

BOCM-20240719-18

El primero de los citados comparecientes, en nombre y representación del Ayuntamiento
de Zarzalejo (en adelante, el Ayuntamiento), en su condición de Alcalde-Presidente del
mismo, en virtud de lo que disponen los artículos 30.1.a) y 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid (en adelante, Ley 2/2003),
y 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en
adelante, Ley 7/1985).
El segundo, en nombre y representación del Ente Público Canal de Isabel II (en adelante Ente Canal), Entidad de Derecho Público perteneciente a la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en su condición de Gerente de dicha entidad, en virtud
de Acuerdo del Consejo de Administración de 24 de julio de 2023, por el que se le nombra
Gerente del Ente Público Canal de Isabel II de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la
estructura orgánica del Canal de Isabel II y en virtud de las facultades que tiene conferidas
por delegación de fecha 7 de septiembre de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 28 de septiembre de 2018), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.1.c) y 5.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se
regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II.
El tercero, en nombre y representación de Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P.
(en adelante, Sociedad Canal), en su condición de Consejero Delegado de dicha Empresa
Pública, en virtud de las facultades que le corresponden, conferidas por acuerdo del Consejo de Administración de Canal de Isabel II, S. A., M. P., adoptado en su sesión celebrada el
día 7 de septiembre 2023, elevado a documento público, autorizado por el notario de
Madrid, D. Manuel Gerardo Tarrío Berjano, el día 8 de septiembre de 2023, con el número 959 de su protocolo.
Las partes se reconocen capacidad legal y representación suficientes para celebrar el
presente Convenio,