B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240718-9)
Puesto libre designación –  Resolución de 5 de julio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo de 6 de mayo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de mayo), para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el procedimiento de Libre Designación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 18 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 170

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2024, de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de la
Consejera de Economía, Hacienda y Empleo de 6 de mayo de 2024 (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de mayo), para la provisión de un
puesto de trabajo vacante en la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la
Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el procedimiento de Libre
Designación.

Por Orden de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo de 6 de mayo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de mayo), se aprobó convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la
Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el procedimiento de Libre Designación.
Mediante Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. Asimismo, mediante Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, se establece la
estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril) y, en lo no previsto por
las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como
las demás prescripciones contenidas en la convocatoria correspondiente.
De acuerdo con la propuesta formulada por la Secretaría General Técnica de la
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, y verificado que la candidata propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, en virtud de
la competencia atribuida a esta Dirección General en la letra q) del artículo 7.1) del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se adjudica el puesto de trabajo convocado a la funcionaria que figura en el listado.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días, salvo
lo previsto en los apartados siguientes. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día
siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución, salvo que la Administración de origen difiera el cese
conforme a la normativa aplicable.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.

BOCM-20240718-9

Toma de posesión