D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20240718-58)
Convenio –  Convenio de 21 de junio de 2024, entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, el Ayuntamiento de Pelayos de la Presa, el Servicio Madrileño de Salud y Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, en materia de seguridad y salvamento en el pantano de San Juan
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 170

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE JULIO DE 2024

Pág. 147

Segunda
A. Por parte de la ASEM112:
1. Desde el Cuerpo de Agentes Forestales, llevar a cabo servicios de vigilancia tanto terrestres como en embarcación a motor, vigilando las orillas y el perímetro del pantano,
extremando la atención para evitar el uso de fuego y la acampada libre en las orillas del embalse, así como la interposición de denuncias por estacionamiento de vehículos en zonas no
autorizadas.
2. Desde el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, planificar las actuaciones o programas definidos en el Plan de Defensa de incendios forestales como son las
actuaciones sobre las estructuras forestales (ordenación de los combustibles) y sobre el dispositivo de extinción (mejora del operativo), así como colaborar en actividades de búsqueda de personas.
3. Fomentar la elaboración de procedimientos de actuación que faciliten la coordinación operativa de los distintos servicios involucrados en la seguridad y el salvamento en
las zonas de baño autorizadas.
4. Financiar el dispositivo de seguridad y salvamento según se establece en la cláusula tercera relativa a la “Financiación”.
5. Marcar las pautas, diseño y contenidos de las señales y cartelería obligatoria sobre “Normas de Uso y prohibiciones” a colocar en las zonas de baño autorizadas.
B. Por parte del Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias:
1. Acotar y señalizar correctamente las zonas de baño para que el acceso al agua se
realice en zonas seguras.
2. Señalizar con balizas los canales de entrada/salida de las embarcaciones, así como
las zonas de baño vigiladas.
3. Regular las acciones permitidas o prohibidas con el fin de mantener los lugares públicos de baño en las debidas condiciones de limpieza, higiene, salubridad y que permitan la
conservación del entorno y sus ecosistemas y fomenten un turismo sostenible, que se lleva a
cabo a través de la Ordenanza municipal número 9 del año 2018, reguladora de las zonas de
baño del término municipal de San Martín de Valdeiglesias, aprobada en marzo de 2018.
4. Dictar las normas de navegación y seguridad que deben cumplir las embarcaciones y artefactos que naveguen en las zonas de baño, según se establece en el artículo 6 de
la Ordenanza municipal número 9 de 2018 anteriormente mencionada.
5. Instalar carteles informativos de acuerdo a las directrices marcadas por la Comunidad de Madrid, que indiquen las “Normas de Uso y Prohibiciones” en lugares visibles de
la playa y zonas aledañas de las zonas de baño, para fomentar que los visitantes hagan buen
uso de las zonas recreativas y de baño. En relación a la zona de baño del Muro, instalar cartelería con teléfonos de emergencia.
6. Velar porque la señalización y cartelería obligatoria ubicadas en las zonas de baño
se mantenga en perfectas condiciones de mantenimiento.
7. Financiar el dispositivo de seguridad y salvamento según se establece en el apartado “financiación”.
8. Regulación del tráfico por carretera en el tramo comprendido entre el embalse y
la urbanización Costa de Madrid, de una longitud de 1,1 kilómetros, de la M957, para garantizar la permeabilidad en los accesos, así como establecer un control del aforo de la playa de la Virgen de la Nueva.
9. Participar de manera activa en las campañas de sensibilización acordadas con
Cruz Roja Española, promoviendo la intervención y colaboración de los ciudadanos de su
municipio en las acciones y actividades a desarrollar con los visitantes del Pantano de San
Juan, que Cruz Roja Española coordine.
10. Ceder a Cruz Roja Española, de lunes a viernes no festivos, por todo el tiempo
de duración del convenio, el uso del espacio físico, de su propiedad, situado en Virgen de
la Nueva, así como mantener el mismo en condiciones de uso, para poder llevar a cabo los
compromisos derivados de este convenio. En relación a esta instalación, se realizará:
— Revisión y vaciado, si fuese necesario, de la fosa séptica.
— Acometida de los suministros al módulo instalado por Cruz Roja Española (luz,
agua y desagüe de aguas grises).
— Revisión e informe técnico de los baños y el edificio del comedor.

BOCM-20240718-58

Obligaciones de las partes