C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240718-26)
Acuerdo Comisión Bilateral –  Resolución de 8 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid, en relación con la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 170

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
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RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se publica el
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad de Madrid, en relación con la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre,
del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General Técnica dispone la publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, del Acuerdo que se transcribe como Anexo a la presente Resolución.
Madrid, a 8 de julio de 2024.—La Secretaria General Técnica, Lourdes Ríos Zaldívar.
ANEXO

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid ha adoptado el siguiente acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en relación con el
artículo 37 de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, ambas partes las consideran solventadas de conformidad
con el siguiente compromiso:
El Gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid asume el compromiso de promover una iniciativa legislativa de tal modo que se clarifique que el recurso a la contratación
temporal laboral se producirá en los supuestos en que, excepcionalmente, la normativa estatal prevea esta posibilidad, eliminando, por tanto, toda referencia directa o indirecta a modalidades de contratación derogadas y, en particular, al contrato para la realización de una
obra o servicio determinados.
Ambas partes constatan que la modificación acordada extinguirá el objeto de la controversia.
II. En razón al acuerdo alcanzado ambas partes coinciden en considerar resueltas las
discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
III. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertar el presente Acuerdo en el “Boletín Oficial del Estado” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres
Pérez.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel
García Martín.
(03/11.175/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240718-26

ACUERDO DE 4 DE JULIO DE 2024,
DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN
GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD DE MADRID,
EN RELACIÓN CON LA LEY 15/2023, DE 27 DE DICIEMBRE,
DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID
PARA EL AÑO 2024