Coslada (BOCM-20240717-65)
Personal. Relación puestos trabajo
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BOCM
Pág. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 169
BOCM-20240717-65
Segundo.—Remitir copia de la modificación de la RPT a la Administración del Estado y a la Comunidad de Madrid y publicarla en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en el Portal de Transparencia.
En el Portal de Transparencia se publicará el contenido completo del acuerdo plenario.
Contra el citado acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente:
— Recurso de reposición ante el órgano municipal que dictó la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de esta publicación.
— Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al
de esta publicación.
— Cualquier otro que se estime procedente, advirtiéndose que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.
Coslada, a 2 de julio de 2024.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(03/11.115/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 180
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MIÉRCOLES 17 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 169
BOCM-20240717-65
Segundo.—Remitir copia de la modificación de la RPT a la Administración del Estado y a la Comunidad de Madrid y publicarla en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en el Portal de Transparencia.
En el Portal de Transparencia se publicará el contenido completo del acuerdo plenario.
Contra el citado acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente:
— Recurso de reposición ante el órgano municipal que dictó la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de esta publicación.
— Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al
de esta publicación.
— Cualquier otro que se estime procedente, advirtiéndose que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.
Coslada, a 2 de julio de 2024.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(03/11.115/24)
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