Brea de Tajo (BOCM-20240717-56)
Organización y funcionamiento. Ordenanza fiscal
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 169

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE JULIO DE 2024

Pág. 169

BOCM-20240717-56

OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con objeto de que durante el plazo de treinta días,
contados a partir del día siguiente a la inserción de los respectivos anuncios, los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes.
3.o Finalizado el período de exposición pública, se adoptará el acuerdo definitivo que
procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la modificación de la ordenanza. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces
provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
4.o El acuerdo definitivo y el texto íntegro de la modificación de la ordenanza habrán
de ser publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin que entren
en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.
Contra el presente acuerdo, elevado a definitivo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, tal y como previene el artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
Brea de Tajo, a 5 de julio de 2024.—El alcalde, Pablo Rodrigo Martínez.
(03/11.065/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791