D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240716-65)
Vías pecuarias –  Resolución de 3 de julio de 2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Cañada Real Segoviana, en el término municipal de Galapagar, para acometida a red de saneamiento en la calle Almería, número 1, Galapagar, actuación promovida por Víctor Garate Rodríguez, con DNI ***1041**. Exp. Ocup. 0238/24
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 168

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE JULIO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
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RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la
autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Cañada Real Segoviana,
en el término municipal de Galapagar, para acometida a red de saneamiento en
la calle Almería, número 1, Galapagar, actuación promovida por Víctor Garate
Rodríguez, con DNI ***1041**. Exp. Ocup. 0238/24.

Examinado el expediente 0238/24, de ocupación temporal de la vía pecuaria Cañada
Real Segoviana, en el término municipal de Galapagar, se desprenden los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 99/024126.9/24, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias solicitud de
autorización de ocupación de la vía pecuaria Cañada Real Segoviana, en el término municipal de Galapagar, para acometida a red de saneamiento en la calle Almería, número 1, Galapagar, actuación promovida por Víctor Garate Rodríguez, con DNI ***1041**.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38 de
la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad
de Madrid, y el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
RESUELVE
Primero
Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 0238/24, de referencia.

Tercero
Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante
la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en estas dependencias o en
cualquiera de los organismos que recoge el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 3 de julio de 2024.—El Subdirector General de Producción Agroalimentaria, P. D. F. del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Resolución
de 18 de noviembre de 2021), Jesús Carpintero Hervás.
(02/11.006/24)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240716-65

Segundo
Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia