C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240715-31)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de 10 de julio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones para la financiación de certificados profesionales, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, a realizar por entidades de formación, para el año 2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 15 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 167

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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EXTRACTO de la Orden de 10 de julio de 2024, de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones para la financiación
de certificados profesionales, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, a realizar por entidades de formación, para el año 2024.
BDNS: 774343

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans y en la página http://www.comunidad.madrid
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios los centros que imparten ofertas del Sistema de Formación
Profesional español de acuerdo a lo establecido para los grados A, B y C en el Título VIII
del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio; en el artículo 7 de la Orden EFP/942/2022, de 23
de septiembre.
Las entidades de formación tendrán que estar acreditadas en el Registro de Entidades
de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad de Madrid. Cuando soliciten
acciones formativas en modalidad de teleformación la obligación de acreditación se entenderá referida al Registro Estatal de Entidades de Formación.
Las entidades de formación solicitantes de subvención no deberán estar incursas en las
prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y deberán disponer en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid,
de centros de formación acreditados en modalidad presencial, y de centros acreditados para
la modalidad de teleformación, siempre que las especialidades requieran en algún momento la presencialidad del alumnado.
Segundo
Objeto
Se convocan para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, una línea general de subvenciones con el objeto de subvencionar certificados profesionales, impartidos
en las modalidades presencial, teleformación o mixta.
Tercero
Bases reguladoras

Cuarto
Cuantía
Para la financiación de esta convocatoria se destinarán créditos presupuestarios que se
imputarán al programa 241A-Formación para el empleo, subconcepto 49103, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, y en los correspondientes
para el año 2024.

BOCM-20240715-31

Las bases por las que se regula la concesión de subvenciones para financiar la impartición de acciones de formación, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados,
del sistema de formación profesional se encuentran recogidas en la Orden EFP/942/2022,
de 23 de septiembre, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 239, de 5 de octubre de 2022.