D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240715-45)
Autorización instalación eléctrica –  Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública para la modificación de una línea aérea de alta tensión ubicada en polígono 1 en el término municipal de Villabilla, solicitado por UFD Distribución Electricidad, S. A. (expediente: 2020P836 - 14-0141-00836.2/2020)
3 páginas totales
Página
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 152

LUNES 15 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 167

Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a UFD Distribución Electricidad, S. A. la modificación de la línea aérea
existente ULE3496 en POLÍGONO 1 del término municipal de Villabilla, cuyas características y ubicación —en coordenadas UTM referidas al huso 30— son:
— Desmontaje de dos apoyos (denominados 27-4 y 27-5) e instalación de dos nuevos
apoyos, en sustitución de los anteriores y en su misma localización, denominados,
respectivamente, 27-4 proyectado (de tipo C14/1000 H-35 y coordenadas
ETRS89 X = 471178; Y = 4477451) y 27-5 proyectado (de tipo C14/1000 B-1c y
coordenadas ETRS89 X = 471289; Y = 4477508).
— Retensado de conductor LA-56 de la línea aérea, entre los apoyos existentes 27-3
(coordenadas ETRS89 X = 471109; Y = 4477361) y 27-6 (coordenadas ETRS89
X = 471396; Y = 4477563).
REFERENCIA LÍNEA

UTM ORIGEN X - Y

LONG. (m)

ACTUACIÓN

UTM FINAL X - Y

T.Serv. (kV)

Nº C.

TIPO

CONDUCTOR AÉREO/SUBTERRÁNEO

2020P836 ULE13864

471109

4477361

64

MODIFICACIÓN

471396

4477563

15

1

AÉREA

LA-56

Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la
documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad
de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas
justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.

Declarar la utilidad pública de las instalaciones citadas en el párrafo primero. La declaración de la utilidad pública de la instalación citada lleva implícita la necesidad de ocupación
de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo que se adjunta a la presente resolución e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 de la Ley del Sector Eléctrico.
Cuarto
La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias,
informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros, y de lo exigido por la ordenación urbanísti-

BOCM-20240715-45

Tercero