B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240715-4)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 27 de junio de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Titulado Medio, Especialidad de Estimulador/a (Grupo II, Nivel 7, Área D) de la Comunidad de Madrid y se publica la relación provisional de aspirantes excluidos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 167

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE JULIO DE 2024

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de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, debiendo
cumplimentarse exclusivamente por medios electrónicos, a través de la página web correspondiente a esta convocatoria https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tituladomedio-estimuladora-estabilizacion en la sección “Listados de admitidos y excluidos”, y en
el trámite correspondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la
Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/
2. El formulario de subsanación, junto con la documentación acreditativa que, en su
caso, corresponda, se dirigirán a la Dirección General de Función Pública, Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, y se presentarán de forma telemática, de conformidad con
lo establecido en el punto primero de este apartado cuarto.
Para ello, la persona interesada debe disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de
Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de
servicios de certificación”, o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de
Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente
para cada tipo de firma, y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse,
una vez cumplimentado el formulario de solicitud, en el proceso de envío a registro.
3. Las personas aspirantes que hubieren de subsanar deberán marcar la/s causa/s de
exclusión que les resulten aplicables, cumplimentar los datos y/o presentar la documentación acreditativa que resulte necesaria para la subsanación.
4. Aquellas personas que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos
habrán de marcar la causa identificada con el código “Z” del modelo de subsanación, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera de la Orden 491/2021, de 19 de octubre.
Quinto

BOCM-20240715-4

De no realizarse por las personas interesadas las subsanaciones correspondientes en el
plazo y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran
aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos ya
descritos, se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos del proceso de referencia.
Madrid, a 27 de junio de 2024.—La Directora General de Función Pública, María José
Esteban Raposo.