C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240712-25)
Implantación enseñanzas – Orden 2997/2024, de 28 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza al colegio público de Educación Infantil y Primaria “Santa Teresa”, de Moraleja de Enmedio, a impartir el primer ciclo de Educación Infantil a partir del curso 2024-2025, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 300
VIERNES 12 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 165
liación de la vida laboral y familiar y potenciar el carácter preventivo y compensador de desigualdades y dificultades de aprendizaje que la escolarización temprana tiene.
Además de la normativa aplicable correspondiente al Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Unión Europea, para el desarrollo de estas actuaciones se procederá conforme a la normativa aplicable para el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad
de Madrid: Decreto 36/2022, de 8 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Infantil; Decreto 18/2008, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen
los requisitos mínimos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en
el ámbito de la Comunidad de Madrid, y Orden 123/2015, de 26 de enero, de la Consejería
de Educación, Juventud y Deporte, sobre admisión de alumnos de primer ciclo de Educación Infantil en centros públicos de la Comunidad de Madrid.
A este mismo fin, la Comunidad de Madrid ya autorizó mediante Orden 1618/2022,
de 9 de junio, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno la implantación del primer ciclo de Educación Infantil en 46 colegios públicos de Educación Infantil y Primaria a partir del curso 2022-2023, mediante Orden 904/2023, de 16 de
marzo, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, la implantación del
primer ciclo de Educación Infantil en 33 colegios públicos de Educación Infantil y Primaria a partir del curso 2023-2024, y mediante Orden 2188/2024, del Consejero de Educación,
Ciencia y Universidades, la implantación del primer ciclo de Educación Infantil en dos colegios públicos de Educación Infantil y Primaria a partir del curso 2024/2025, todo ello en
el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades es competente para dictar esta Orden, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación,
Ciencia y Universidades. Tiene por ello la competencia, entre otras, para autorizar las enseñanzas que se imparten en los centros y para adaptar la normativa de organización y funcionamiento de los centros docentes.
Mediante la presente Orden, se autoriza a un colegio público de Educación Infantil y
Primaria a impartir el primer ciclo de Educación Infantil a partir del curso 2024-2025.
En el proceso de elaboración de esta Orden, ha emitido dictamen el Consejo Escolar
de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.a) de la Ley 12/1999, de 29 de
abril, de Creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.
En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas por la citada normativa,
DISPONGO
Primero
Autorización de enseñanzas
El colegio público de Educación Infantil y Primaria “Santa Teresa”, código de centro 28022980, ubicado en Moraleja de Enmedio, queda autorizado a impartir el primer ciclo
de Educación Infantil con plena validez académica a partir del curso 2024*2025, sin perjuicio de la continuidad de las enseñanzas que dicho centro ya tenga autorizadas.
Segundo
1. Durante el curso 2024/2025, dicho centro actualizará el Proyecto Educativo de
Centro, la Propuesta Pedagógica, la Programación General Anual y el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro para integrar los aspectos referidos al primer ciclo de Educación Infantil.
2. La elaboración, desarrollo y seguimiento de la propuesta pedagógica, que pasará
a formar parte del Proyecto Educativo del Centro, será supervisada por un maestro que
preste servicio en el primer ciclo de Educación Infantil en colaboración con los responsables de la Jefatura de Estudios y la Dirección del centro.
BOCM-20240712-25
Documentos institucionales del centro
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 300
VIERNES 12 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 165
liación de la vida laboral y familiar y potenciar el carácter preventivo y compensador de desigualdades y dificultades de aprendizaje que la escolarización temprana tiene.
Además de la normativa aplicable correspondiente al Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Unión Europea, para el desarrollo de estas actuaciones se procederá conforme a la normativa aplicable para el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad
de Madrid: Decreto 36/2022, de 8 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Infantil; Decreto 18/2008, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen
los requisitos mínimos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en
el ámbito de la Comunidad de Madrid, y Orden 123/2015, de 26 de enero, de la Consejería
de Educación, Juventud y Deporte, sobre admisión de alumnos de primer ciclo de Educación Infantil en centros públicos de la Comunidad de Madrid.
A este mismo fin, la Comunidad de Madrid ya autorizó mediante Orden 1618/2022,
de 9 de junio, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno la implantación del primer ciclo de Educación Infantil en 46 colegios públicos de Educación Infantil y Primaria a partir del curso 2022-2023, mediante Orden 904/2023, de 16 de
marzo, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, la implantación del
primer ciclo de Educación Infantil en 33 colegios públicos de Educación Infantil y Primaria a partir del curso 2023-2024, y mediante Orden 2188/2024, del Consejero de Educación,
Ciencia y Universidades, la implantación del primer ciclo de Educación Infantil en dos colegios públicos de Educación Infantil y Primaria a partir del curso 2024/2025, todo ello en
el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades es competente para dictar esta Orden, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación,
Ciencia y Universidades. Tiene por ello la competencia, entre otras, para autorizar las enseñanzas que se imparten en los centros y para adaptar la normativa de organización y funcionamiento de los centros docentes.
Mediante la presente Orden, se autoriza a un colegio público de Educación Infantil y
Primaria a impartir el primer ciclo de Educación Infantil a partir del curso 2024-2025.
En el proceso de elaboración de esta Orden, ha emitido dictamen el Consejo Escolar
de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.a) de la Ley 12/1999, de 29 de
abril, de Creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.
En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas por la citada normativa,
DISPONGO
Primero
Autorización de enseñanzas
El colegio público de Educación Infantil y Primaria “Santa Teresa”, código de centro 28022980, ubicado en Moraleja de Enmedio, queda autorizado a impartir el primer ciclo
de Educación Infantil con plena validez académica a partir del curso 2024*2025, sin perjuicio de la continuidad de las enseñanzas que dicho centro ya tenga autorizadas.
Segundo
1. Durante el curso 2024/2025, dicho centro actualizará el Proyecto Educativo de
Centro, la Propuesta Pedagógica, la Programación General Anual y el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro para integrar los aspectos referidos al primer ciclo de Educación Infantil.
2. La elaboración, desarrollo y seguimiento de la propuesta pedagógica, que pasará
a formar parte del Proyecto Educativo del Centro, será supervisada por un maestro que
preste servicio en el primer ciclo de Educación Infantil en colaboración con los responsables de la Jefatura de Estudios y la Dirección del centro.
BOCM-20240712-25
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