Cadalso de los Vidrios (BOCM-20240711-51)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE JULIO DE 2024
Pág. 153
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51
CADALSO DE LOS VIDRIOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240711-51
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Cadalso de los Vidrios por el que se aprueba
provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa por expedición de documentos.
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad, expediente de
modificación de la de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa por expedición de documentos que se detalla a continuación, el Pleno de esta Entidad, en sesión ordinaria
celebrada el día 28 de junio de 2024, acordó la aprobación provisional de la referida
modificación de la ordenanza fiscal.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y
presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en la Sede Electrónica de
esta entidad https://sedecadalso.eadministracion.es/PortalCiudadano/Tablon/wfrTablon.aspx
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Cadalso de los Vidrios, a 2 de julio de 2024.—La alcaldesa, Verónica María Muñoz
Villalba.
(03/10.727/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE JULIO DE 2024
Pág. 153
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51
CADALSO DE LOS VIDRIOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240711-51
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Cadalso de los Vidrios por el que se aprueba
provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa por expedición de documentos.
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad, expediente de
modificación de la de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa por expedición de documentos que se detalla a continuación, el Pleno de esta Entidad, en sesión ordinaria
celebrada el día 28 de junio de 2024, acordó la aprobación provisional de la referida
modificación de la ordenanza fiscal.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y
presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en la Sede Electrónica de
esta entidad https://sedecadalso.eadministracion.es/PortalCiudadano/Tablon/wfrTablon.aspx
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Cadalso de los Vidrios, a 2 de julio de 2024.—La alcaldesa, Verónica María Muñoz
Villalba.
(03/10.727/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791