A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240711-1)
Programa Inversión Regional – Decreto 74/2024, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid (PIR 2022-2026)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE JULIO DE 2024
Pág. 9
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
1
DECRETO 74/2024, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se aprueba el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid
(PIR 2022-2026).
BOCM-20240711-1
El Programa Regional de Inversiones y Servicios de la Comunidad de Madrid es el instrumento básico de cooperación económica para los gastos necesarios para la realización de
obras y servicios de competencia local a los que se refiere la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y normativa concordante, y para la consecución
de los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipal.
El Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, de Consejo de Gobierno, aprobó el vigente Programa de Inversión Regional para el periodo 2021-2025, con una dotación de 1.000.000.000
de euros, posteriormente modificado por el Decreto 211/2021, de 15 de septiembre, y el
Decreto 113/2022, de 11 de octubre, quedando ampliada su vigencia hasta el año 2026
(PIR 2022-2026).
Mediante Decreto 113/2022, de 11 de octubre, y en atención a las demandas de los gestores municipales y con el fin de facilitar la gestión de las actuaciones, se llevó a cabo la modificación de los Decretos del Consejo de Gobierno que aprobaron los Programas de Inversión Regional, Decreto 68/2008, de 19 de junio, que regula el PRISMA 2008-2011,
prorrogado hasta 2015, Decreto 75/2016, de 12 de julio, que regula el PIR 2016-2019, prorrogado hasta 2020 y Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, que regula el PIR 2022-2026.
Tras la experiencia adquirida con la gestión del programa desde su aprobación, y en
desarrollo del principio de autonomía local, se propone ahora la modificación del Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, dado que se ha detectado la necesidad de actualizar las referencias a la entidad Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M.P. S.A.; flexibilizar el modo
de gestión, establecer que los contratos de suministros de menor cuantía sean gestionados
directamente por las entidades locales; aclarar la regulación de la reserva del Programa, definiendo procedimientos y modos de gestión; y dotar de mayor seguridad jurídica la tramitación del alta de las actuaciones supramunicipales aclarando la documentación a aportar
para servicios coordinados o gestionados por la Comunidad de Madrid, o cuando las actuaciones afecten a 10 o más municipios y sin que sea necesario que todas las actuaciones supramunicipales sean financiadas íntegramente por la Comunidad de Madrid.
De este modo, se pretende procurar la mejor atención a las demandas recogidas por los
municipios, y generar un marco jurídico que permita dar cumplimiento a los compromisos
adquiridos por la Comunidad de Madrid y las Entidades Locales con los receptores de los
servicios públicos, que son los ciudadanos.
El artículo 129 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid establece que el Programa Regional de Inversiones y Servicios de
Madrid se aprobará por Decreto del Gobierno, previo conocimiento de la Asamblea de
Madrid, y que su revisión deberá sujetarse al mismo procedimiento que su aprobación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local y haciendo uso de las competencias atribuidas por el artículo 21 z) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día de 10 de julio de 2024.
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE JULIO DE 2024
Pág. 9
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
1
DECRETO 74/2024, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se aprueba el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid
(PIR 2022-2026).
BOCM-20240711-1
El Programa Regional de Inversiones y Servicios de la Comunidad de Madrid es el instrumento básico de cooperación económica para los gastos necesarios para la realización de
obras y servicios de competencia local a los que se refiere la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y normativa concordante, y para la consecución
de los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipal.
El Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, de Consejo de Gobierno, aprobó el vigente Programa de Inversión Regional para el periodo 2021-2025, con una dotación de 1.000.000.000
de euros, posteriormente modificado por el Decreto 211/2021, de 15 de septiembre, y el
Decreto 113/2022, de 11 de octubre, quedando ampliada su vigencia hasta el año 2026
(PIR 2022-2026).
Mediante Decreto 113/2022, de 11 de octubre, y en atención a las demandas de los gestores municipales y con el fin de facilitar la gestión de las actuaciones, se llevó a cabo la modificación de los Decretos del Consejo de Gobierno que aprobaron los Programas de Inversión Regional, Decreto 68/2008, de 19 de junio, que regula el PRISMA 2008-2011,
prorrogado hasta 2015, Decreto 75/2016, de 12 de julio, que regula el PIR 2016-2019, prorrogado hasta 2020 y Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, que regula el PIR 2022-2026.
Tras la experiencia adquirida con la gestión del programa desde su aprobación, y en
desarrollo del principio de autonomía local, se propone ahora la modificación del Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, dado que se ha detectado la necesidad de actualizar las referencias a la entidad Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M.P. S.A.; flexibilizar el modo
de gestión, establecer que los contratos de suministros de menor cuantía sean gestionados
directamente por las entidades locales; aclarar la regulación de la reserva del Programa, definiendo procedimientos y modos de gestión; y dotar de mayor seguridad jurídica la tramitación del alta de las actuaciones supramunicipales aclarando la documentación a aportar
para servicios coordinados o gestionados por la Comunidad de Madrid, o cuando las actuaciones afecten a 10 o más municipios y sin que sea necesario que todas las actuaciones supramunicipales sean financiadas íntegramente por la Comunidad de Madrid.
De este modo, se pretende procurar la mejor atención a las demandas recogidas por los
municipios, y generar un marco jurídico que permita dar cumplimiento a los compromisos
adquiridos por la Comunidad de Madrid y las Entidades Locales con los receptores de los
servicios públicos, que son los ciudadanos.
El artículo 129 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid establece que el Programa Regional de Inversiones y Servicios de
Madrid se aprobará por Decreto del Gobierno, previo conocimiento de la Asamblea de
Madrid, y que su revisión deberá sujetarse al mismo procedimiento que su aprobación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local y haciendo uso de las competencias atribuidas por el artículo 21 z) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día de 10 de julio de 2024.