Villamantilla (BOCM-20240711-66)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 164

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE JULIO DE 2024

Pág. 169

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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VILLAMANTILLA

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 149, de 24 de junio
de 2024, en su página 264, se inserta anuncio 03/9.419/24 “Bases de la convocatoria para
la provisión de un puesto de trabajo de Educador/A Infantil a tiempo completo y creación
de una bolsa para sustituciones del Ayuntamiento de Villamantilla”, donde se han detectado los siguientes errores:
1. En el párrafo del punto 4.2 “Presentación de solicitud”:
— Donde se dice: “El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.
— Debe decir: «El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales,
contados a partir de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín
Oficial del Estado”».
2. En el punto 4.3 “Documentación”, el apartado d):
— Donde dice: “d) Fotocopia del Certificado de vida laboral actualizada y de los contratos o certificados de la Administración contratante correspondientes en los que
figure la categoría laboral que permitan la valoración de la experiencia docente indicada en el apartado 2 del anexo IV”.
— Debe decir: “d) fotocopia del Certificado de vida laboral actualizada y de los contratos o certificados de la Administración contratante correspondientes en los que
figure la categoría laboral que permitan la valoración de la experiencia docente indicada en el apartado 2 del anexo IV.
Los certificados emitidos por el director del centro educativo o la empresa, deberán
aparecer con el Vº Bº del Servicio de Inspección Educativa, en el que debe constar el nivel
o etapa educativa impartida, así como la duración de los servicios prestados, indicando la
fecha de comienzo y fin de los mismos.
La experiencia en centros que no se encuentren actualmente en funcionamiento, podrá
justificarse mediante un certificado emitidos por el Servicio de Inspección, de acuerdo con
los datos que obren en la unidad competente”.
3. En el punto 5 “Admisión de candidatos”:
— Donde dice: “Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el término de
quince días, la Presidencia de la Corporación Local dictará resolución aprobando
la lista de admitidos/as y excluidos/ as, en la que constará nombre y apellidos del
candidato/a, numero de DNI y causa de la no admisión para estos últimos”.
— Debe decir: “Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el término de quince días, la Presidencia de la Corporación Local dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos/as y excluidos/ as, en la que constará nombre y apellidos del candidato/a, numero de DNI y causa de la no admisión para estos últimos”.
4. En el punto 8.1 “Fase de oposición”:
— Donde dice: “El Tribunal calificará esta prueba entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla y tendrá carácter eliminatorio,
accediendo al segundo ejercicio, por estricto orden de puntuación, hasta un máximo de 15 aspirantes por plaza convocada”.
— Debe decir: “El Tribunal calificará esta prueba entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo, accediendo al segundo ejercicio, por estricto orden de puntuación, los 10 primeros mejor puntuados”.
5. En el punto 8.1 “Fase de oposición”:
— Donde dice: “Segundo ejercicio: Consistirá en la realización por escrito de un supuesto práctico con posterior defensa oral ante el Tribunal. El Tribunal podrá

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