C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240710-31)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para 2024 para financiar las subvenciones de concesión directa a municipios de menos de 20.000 habitantes para la ejecución de las actuaciones de embellecimiento viario municipal para el año 2024
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 163
MIÉRCOLES 10 DE JULIO DE 2024
Pág. 79
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
31
EXTRACTO de la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para 2024 para financiar las subvenciones de concesión directa a municipios
de menos de 20.000 habitantes para la ejecución de las actuaciones de embellecimiento viario municipal para el año 2024.
BDNS (773535)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Declaración del crédito presupuestario disponible para la ejecución de las actuaciones
de embellecimiento viario municipal del 2024
Declarar el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones
de contenido económico derivadas de la concesión directa de subvenciones a municipios de
menos de 20.000 habitantes para la ejecución de las actuaciones de embellecimiento viario
municipal para el año de 2024 por importe de 10.000.000 euros.
Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de declaración de los créditos presupuestarios disponibles en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se acompañará de la
documentación especificada en el artículo 15 de las Normas Reguladoras.
Estas ayudas se financiarán con cargo al programa 942O “Reequilibrio Territorial”,
subconcepto 76309 “Corporaciones Locales”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024.
Segundo
Efectos de la Orden
La presente Orden producirá efectos al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 3 de julio de 2024.
El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local,
MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN
BOCM-20240710-31
(03/11.182/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 163
MIÉRCOLES 10 DE JULIO DE 2024
Pág. 79
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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
31
EXTRACTO de la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para 2024 para financiar las subvenciones de concesión directa a municipios
de menos de 20.000 habitantes para la ejecución de las actuaciones de embellecimiento viario municipal para el año 2024.
BDNS (773535)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Declaración del crédito presupuestario disponible para la ejecución de las actuaciones
de embellecimiento viario municipal del 2024
Declarar el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones
de contenido económico derivadas de la concesión directa de subvenciones a municipios de
menos de 20.000 habitantes para la ejecución de las actuaciones de embellecimiento viario
municipal para el año de 2024 por importe de 10.000.000 euros.
Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de declaración de los créditos presupuestarios disponibles en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se acompañará de la
documentación especificada en el artículo 15 de las Normas Reguladoras.
Estas ayudas se financiarán con cargo al programa 942O “Reequilibrio Territorial”,
subconcepto 76309 “Corporaciones Locales”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024.
Segundo
Efectos de la Orden
La presente Orden producirá efectos al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 3 de julio de 2024.
El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local,
MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN
BOCM-20240710-31
(03/11.182/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791