D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240710-39)
Convenio – Adenda de 27 de junio de 2024, de prórroga del convenio de 28 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la empresa El Corte Inglés, S. A., para el patrocinio de la convocatoria autonómica del Concurso Escolar Consumópolis 20, correspondiente al curso escolar 2024-2025
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BOCM
Pág. 126
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 163
II. Que en la cláusula séptima de dicho convenio, las partes firmantes acordaron que
el convenio surtiría efectos desde su firma y tendría vigencia hasta el 30 de junio de 2024, una
vez publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la resolución de la fase
autonómica del concurso escolar, pudiendo prorrogarse por períodos anuales, mediando mutuo acuerdo expreso de las partes, con la duración máxima prevista en el artículo 49, apartado h), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
III. Que ambas partes están de acuerdo en prorrogar el convenio por un primer período anual, desde la fecha de la última firma de esta adenda, hasta el 30 de junio de 2025,
de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Las partes firmantes acuerdan la prórroga anual del convenio de colaboración suscrito con fecha 28 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la empresa El Corte Inglés, S. A., para el patrocinio de la convocatoria autonómica del concurso escolar Consumópolis.
Segunda
Mediante la firma de la presente adenda, los efectos de este convenio de colaboración
se extenderán desde el día 1 de julio de 2024 hasta el 30 de junio de 2025, una vez publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la resolución de la fase autonómica del concurso escolar en su edición para el curso escolar 2024-2025.
Tercera
Las partes firmantes se comprometen a dar continuidad al acuerdo de patrocinio entre el
patrocinador y el patrocinado para la dotación de los premios del Concurso Escolar Consumópolis, en su convocatoria autonómica anual (2024-2025), con sujeción a todas las condiciones y cláusulas establecidas en el convenio que se prorroga.
Cuarta
El patrocinador colaborará con el patrocinado en la actividad objeto de convenio mediante la aportación de tres tarjetas regalo por importe de ciento cincuenta euros (150,00 euros) cada
una, destinadas a material escolar o deportivo para cada una de las clases de las que forman parte los integrantes de los tres equipos ganadores del concurso, en los términos establecidos en la
convocatoria autonómica del concurso escolar Consumópolis en su edición 2024-2025.
Correrán a su exclusivo cargo los gastos y costes de todo orden inherentes a esta colaboración, incluido el IVA aplicable soportado que pudiera derivarse de las prestaciones del mismo.
No se derivan derechos ni obligaciones económicas para la Comunidad de Madrid.
Quinta
El patrocinador y el patrocinado garantizarán el carácter confidencial de toda información a que tengan acceso con ocasión del patrocinio y cumplirán en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que
pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos
de carácter personal durante la vigencia del convenio.
La presente adenda se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
y será objeto de inscripción en el Registro de Convenios y Protocolos.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.
BOCM-20240710-39
Sexta
Pág. 126
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 163
II. Que en la cláusula séptima de dicho convenio, las partes firmantes acordaron que
el convenio surtiría efectos desde su firma y tendría vigencia hasta el 30 de junio de 2024, una
vez publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la resolución de la fase
autonómica del concurso escolar, pudiendo prorrogarse por períodos anuales, mediando mutuo acuerdo expreso de las partes, con la duración máxima prevista en el artículo 49, apartado h), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
III. Que ambas partes están de acuerdo en prorrogar el convenio por un primer período anual, desde la fecha de la última firma de esta adenda, hasta el 30 de junio de 2025,
de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Las partes firmantes acuerdan la prórroga anual del convenio de colaboración suscrito con fecha 28 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la empresa El Corte Inglés, S. A., para el patrocinio de la convocatoria autonómica del concurso escolar Consumópolis.
Segunda
Mediante la firma de la presente adenda, los efectos de este convenio de colaboración
se extenderán desde el día 1 de julio de 2024 hasta el 30 de junio de 2025, una vez publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la resolución de la fase autonómica del concurso escolar en su edición para el curso escolar 2024-2025.
Tercera
Las partes firmantes se comprometen a dar continuidad al acuerdo de patrocinio entre el
patrocinador y el patrocinado para la dotación de los premios del Concurso Escolar Consumópolis, en su convocatoria autonómica anual (2024-2025), con sujeción a todas las condiciones y cláusulas establecidas en el convenio que se prorroga.
Cuarta
El patrocinador colaborará con el patrocinado en la actividad objeto de convenio mediante la aportación de tres tarjetas regalo por importe de ciento cincuenta euros (150,00 euros) cada
una, destinadas a material escolar o deportivo para cada una de las clases de las que forman parte los integrantes de los tres equipos ganadores del concurso, en los términos establecidos en la
convocatoria autonómica del concurso escolar Consumópolis en su edición 2024-2025.
Correrán a su exclusivo cargo los gastos y costes de todo orden inherentes a esta colaboración, incluido el IVA aplicable soportado que pudiera derivarse de las prestaciones del mismo.
No se derivan derechos ni obligaciones económicas para la Comunidad de Madrid.
Quinta
El patrocinador y el patrocinado garantizarán el carácter confidencial de toda información a que tengan acceso con ocasión del patrocinio y cumplirán en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que
pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos
de carácter personal durante la vigencia del convenio.
La presente adenda se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
y será objeto de inscripción en el Registro de Convenios y Protocolos.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.
BOCM-20240710-39
Sexta