C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240709-14)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de 25 de junio de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se convocan subvenciones para la realización de actividades formativas en el sector del transporte público por carretera en el año 2024
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BOCM
Pág. 48
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 162
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
14
EXTRACTO de la Orden de 25 de junio de 2024, de la Consejería de Vivienda,
Transportes e Infraestructuras, por la que se convocan subvenciones para la
realización de actividades formativas en el sector del transporte público por
carretera en el año 2024.
BDNS (ident.): 773206
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 28/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/dbnstrans ) y en la página web www.comunidad.madrid/
Primero
Beneficiarios
Podrán acceder a las subvenciones las asociaciones profesionales de transportistas y
de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte, las federaciones
integradas de modo exclusivo por dichas asociaciones y las organizaciones sindicales, en todos los casos, con establecimiento y actividad en el sector del transporte por carretera en la
Comunidad de Madrid, contando con el personal necesario para el ejercicio de su actividad
profesional.
Segundo
Objeto
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a favorecer la
realización de acciones formativas dirigidas a empresarios y trabajadores del sector del
transporte por carretera.
Tercero
Bases reguladoras
Orden de 10 de julio de 2019, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la realización
de actividades formativas en el sector del transporte público por carretera. Publicada en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 166, de 15 de julio de 2019.
Quinto
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente
al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Madrid, a 5 de julio de 2024.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras,
P. D. (Orden de 27 de diciembre de 2023; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 2 de enero de 2024), el Director General de Transportes y Movilidad, Luis Miguel Torres
Hernández.
(03/11.075/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240709-14
Cuarto
Cuantía
La subvención cubrirá el 90 por 100 de todos los gastos subvencionables, presupuestados y efectivamente realizados, excluido el IVA, hasta un máximo de 14.000 euros por
beneficiario. La dotación presupuestaria para la financiación de estas subvenciones es
de 140.000 euros.
Pág. 48
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 162
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
14
EXTRACTO de la Orden de 25 de junio de 2024, de la Consejería de Vivienda,
Transportes e Infraestructuras, por la que se convocan subvenciones para la
realización de actividades formativas en el sector del transporte público por
carretera en el año 2024.
BDNS (ident.): 773206
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 28/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/dbnstrans ) y en la página web www.comunidad.madrid/
Primero
Beneficiarios
Podrán acceder a las subvenciones las asociaciones profesionales de transportistas y
de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte, las federaciones
integradas de modo exclusivo por dichas asociaciones y las organizaciones sindicales, en todos los casos, con establecimiento y actividad en el sector del transporte por carretera en la
Comunidad de Madrid, contando con el personal necesario para el ejercicio de su actividad
profesional.
Segundo
Objeto
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a favorecer la
realización de acciones formativas dirigidas a empresarios y trabajadores del sector del
transporte por carretera.
Tercero
Bases reguladoras
Orden de 10 de julio de 2019, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la realización
de actividades formativas en el sector del transporte público por carretera. Publicada en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 166, de 15 de julio de 2019.
Quinto
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente
al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Madrid, a 5 de julio de 2024.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras,
P. D. (Orden de 27 de diciembre de 2023; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 2 de enero de 2024), el Director General de Transportes y Movilidad, Luis Miguel Torres
Hernández.
(03/11.075/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240709-14
Cuarto
Cuantía
La subvención cubrirá el 90 por 100 de todos los gastos subvencionables, presupuestados y efectivamente realizados, excluido el IVA, hasta un máximo de 14.000 euros por
beneficiario. La dotación presupuestaria para la financiación de estas subvenciones es
de 140.000 euros.