D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240709-24)
Convenio –  Adenda de 25 de junio de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación en Defensa de la Atención a la Anorexia Nerviosa y Bulimia (ADANER), para la realización de actividades de voluntariado
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE JULIO DE 2024

Pág. 103

Segundo
Que la Consejería de Sanidad, a través del órgano directivo competente en materia de
atención al ciudadano y humanización de la asistencia sanitaria, asume, entre otras competencias: la promoción, desarrollo y despliegue de procedimientos que garanticen la comunicación, relación, interlocución y mediación de los ciudadanos en todos los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud; la promoción, desarrollo y despliegue de aquellas
actuaciones institucionales que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria a través de la personalización de la atención en los diferentes niveles y a lo largo de todo el proceso asistencial, y la promoción de la participación de los pacientes como eje fundamental
del sistema sanitario, a través de la relación, en materia sanitaria, con las asociaciones de
pacientes, de conformidad con lo dispuesto en las letras h), i) y k), respectivamente, del artículo 4 del Decreto 245 /2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Tercero
Que, de conformidad con los apartados b), c) y d) del artículo 60.1 de la Ley 12/2001,
de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, el Servicio Madrileño de Salud tiene entre sus fines: la coordinación de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública del Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid para la optimización de todos los recursos disponibles; la integración de las actuaciones relativas a la protección y
mejora de la salud de la población, y la promoción de la humanización en todos los centros
sanitarios de utilización pública de la Comunidad de Madrid, manteniendo el máximo respeto a la dignidad de la persona, a la libertad individual y a los derechos humanos, contando para ello con una organización adecuada que permita la atención integral de la salud del
individuo, comprensiva tanto de la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, como de las acciones curativas y rehabilitadoras necesarias, que colabore en la reinserción social, en el ámbito de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública, como establece en el artículo 60.2.a) de la citada norma.
Cuarto
Que la Consejería de Sanidad y el Servicio Madrileño de Salud, sin perjuicio de las competencias que en materia de fomento del voluntariado ostenta la Consejería Familia, Juventud
y Asuntos Sociales, están interesados en promover el voluntariado como una oportunidad de
mejora, utilizándolo como una herramienta que posibilite un incremento de la calidad de vida
de los pacientes que lo necesiten, añadiendo valor a los servicios prestados.
Quinto
Que la finalidad de la asociación ADANER es contribuir a la mejora de la calidad de
vida de los afectados de los trastornos de la conducta alimentaria y de sus familiares.
Sexto
Que, con fecha 3 de julio de 2017, las partes suscribieron un convenio de colaboración por
el que se acuerda la realización de actividades de voluntariado, habiéndose suscrito la primera adenda de prórroga con fecha 3 de junio de 2021; la segunda, el 25 de mayo de 2022, y
la tercera, el 10 de mayo de 2023.
Séptimo

CLÁUSULA
Única
Prórroga
De conformidad con lo previsto en la cláusula 8.a del convenio de colaboración entre la
Comunidad de Madrid, a través de Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud

BOCM-20240709-24

Que persistiendo las causas que dieron lugar a la firma de dicho instrumento, y teniendo en cuenta que la colaboración establecida ha dado un resultado altamente satisfactorio
para las partes, estas convienen suscribir esta adenda de acuerdo con la siguiente,