Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20240708-110)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 161

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE JULIO DE 2024

Pág. 291

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
110

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS
DEL SUROESTE DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Acuerdo de la Junta Plenaria de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de
Madrid por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos número 976/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.
La Junta Plenaria de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de junio de 2024, acordó la aprobación inicial del expediente de concesión de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido
de tesorería, como sigue a continuación:
ESTADO DE GASTOS
EUROS
Capítulo 2: Bienes Corrientes y Servicios
TOTAL GASTOS

35.000,00 €
35.000,00 €

ESTADO DE INGRESOS
EUROS
Capítulo 8: Variación activos financieros
TOTAL INGRESOS

35.000,00 €
35.000,00 €

BOCM-20240708-110

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados que estén legitimados según lo
dispuesto en el citado Real Decreto puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
de esta Mancomunidad para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta administración pública, dirección http://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho Acuerdo, sin necesidad de adoptar acuerdo expreso por el
órgano competente, por lo que, en previsión, se publica en este acto la modificación de créditos del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con
cargo al remanente líquido de Tesorería.
Dado en Griñón, a 25 de junio de 2024.—El presidente, José María Porras Agenjo.
(03/10.368/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791