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Convocatoria curso –  Resolución de 21 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad, por la que se convoca el curso de formación para Jefes de Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 161

Segundo
Documentación a aportar
Relación de candidatos sobre los que se solicita la inscripción en el curso, en archivo
Excel usando la plantilla que se proporciona.
Tercero
1. Las solicitudes se presentarán por los Ayuntamientos interesados que cuenten con
jefe de agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil que hayan sido nombrados con
posterioridad a la entrada en vigor del Decreto 165/2018, realizando la solicitud de inscripción en su nombre, certificando a través del mismo formulario electrónico la identidad del
candidato y el cumplimiento de todos los requisitos exigidos para serlo indicados en el Decreto 165/2018, de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, en su artículo 10. La agrupación
deberá estar inscrita en el Registro Especial de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios
de Protección Civil de la Comunidad de Madrid.
2. Al ser los ayuntamientos solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, las notificaciones se realizarán
a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través del enlace
https://sede.comunidad.madrid/
3. Las solicitudes y la documentación que proceda deberán presentarse en el Registro
Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello en
el portal de internet de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), en la dirección
electrónica: https://sede.comunidad.madrid
4. Será preciso a este fin, disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica que sean operativos en la Comunidad de Madrid y
expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios
de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid
considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para
cada tipo de firma.
5. El plazo para la presentación de solicitudes y demás documentación acreditativa
del apartado segundo comenzará el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y finalizará el 26 de julio de 2024, ambas fechas inclusive.
6. No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, previa resolución en la que se declare la inadmisión, en los términos del artículo 21 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. Los interesados deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Asimismo, tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren
en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.
8. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo
que el interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección.
No obstante lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la
autorización expresa del interesado.
9. Las Administraciones Públicas deberán recabar los documentos electrónicamente
a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación
de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
10. En caso de haber presentado en tiempo y forma más de una solicitud, solo será
tenida en cuenta la última presentada.
11. En el punto de acceso general de administración electrónica del portal de la Comunidad de Madrid ( https://sede.comunidad.madrid/ ), se puede realizar la aportación de
documentos durante la tramitación del expediente en los plazos establecidos para ello siguiendo las instrucciones en el proceso de registrar la solicitud. Se pueden comprobar los
documentos que se han anexado a la solicitud siguiendo la ruta: “Servicios de tramitación
electrónica”, “Consultar”, “Situación de tus expedientes”.

BOCM-20240708-67

Presentación de solicitudes: plazo, lugar y forma