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Convocatoria curso – Resolución de 21 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad, por la que se convoca el Curso de Formación Básica para Aspirantes a Voluntarios de Protección Civil 2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 161
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE JULIO DE 2024
Pág. 191
13. De conformidad con el artículo 68, apartado 1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo de diez días hábiles,
con indicación de que, si así no lo hiciera, se le entenderá por desistido de su petición.
14. La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación del contenido íntegro de la presente convocatoria.
Cuarto
Admisión de aspirantes
En caso de tener que rechazar solicitudes por superar el cupo, se excluirán aquellos aspirantes de ediciones anteriores que, sin previo aviso o traslado de justificación, hubieran
abandonado el curso no asistiendo al menos a una de sus dos fases, la teórica online y/o los
talleres prácticos.
Si tras esa exclusión el número de solicitudes sigue superando el número de plazas ofertadas en esta edición, se determinará el porcentaje que suponen las plazas disponibles sobre
el total de solicitudes, porcentaje que se aplicará para minorar a cada Ayuntamiento solicitante el número de alumnos presentados en la solicitud. A estos efectos, el Ayuntamiento solicitante deberá cumplimentar la relación de aspirantes sobre los que hace la solicitud en el
orden de preferencia que le interese, procediéndose a no admitir a los aspirantes situados en
último lugar en el orden reflejado en la solicitud hasta minorar la admisión en el porcentaje
mencionado anteriormente.
Quinto
Listados
1. Finalizado el proceso de revisión de las solicitudes presentadas, se publicará en el calendario de actuaciones de este trámite en la sede electrónica, y en la página web de la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid/servicios/seguridad-emergencias/formacionseguridad-emergencias en su apartado “Convocatorias vigentes de formación en protección
civil”, los siguientes listados:
— Listado provisional de aspirantes que han sido seleccionados hasta completar el cupo.
2. Los Ayuntamientos con aspirantes propuestos no incluidos en el listado provisional, podrán alegar en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la
publicación de los listados provisionales, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le
tendrá por desistido de su petición.
No será admitida a trámite la alegación fuera del plazo establecido, previa resolución
en la que se declare la inadmisión, en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las alegaciones presentadas se aceptarán o denegarán mediante la resolución por la
que se declaren aprobados los listados definitivos.
3. La presentación de alegaciones, subsanación de la solicitud o aportación de documentos preceptivos se realizará, de manera electrónica, en los términos del apartado tercero, punto 2 y 11.
4. Tras el plazo de subsanación, se publicará en el calendario de actuaciones de este
trámite en la sede electrónica, y en la página web de la Comunidad de Madrid del Instituto
de Formación Integral en Seguridad y Emergencias mencionada en el punto 1, la resolución
del Director General de Seguridad por la que se aprueba el listado definitivo de aspirantes
admitidos.
5. Una vez publicada la anterior resolución, se notificará a los ayuntamientos con
alumnos admitidos la fecha exacta de comienzo del curso.
Desarrollo del curso
El desarrollo del curso por parte de los aspirantes a voluntarios seleccionados se realizará conforme a las siguientes consideraciones:
a) Los alumnos deberán disponer de los medios telemáticos necesarios para la realización de la fase online (ordenador de sobremesa, portátil o tablet, así como conexión a Internet), siendo la Agrupación la responsable de garantizar su uso en
caso de no disponer de ellos.
BOCM-20240708-68
Sexto
B.O.C.M. Núm. 161
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE JULIO DE 2024
Pág. 191
13. De conformidad con el artículo 68, apartado 1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo de diez días hábiles,
con indicación de que, si así no lo hiciera, se le entenderá por desistido de su petición.
14. La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación del contenido íntegro de la presente convocatoria.
Cuarto
Admisión de aspirantes
En caso de tener que rechazar solicitudes por superar el cupo, se excluirán aquellos aspirantes de ediciones anteriores que, sin previo aviso o traslado de justificación, hubieran
abandonado el curso no asistiendo al menos a una de sus dos fases, la teórica online y/o los
talleres prácticos.
Si tras esa exclusión el número de solicitudes sigue superando el número de plazas ofertadas en esta edición, se determinará el porcentaje que suponen las plazas disponibles sobre
el total de solicitudes, porcentaje que se aplicará para minorar a cada Ayuntamiento solicitante el número de alumnos presentados en la solicitud. A estos efectos, el Ayuntamiento solicitante deberá cumplimentar la relación de aspirantes sobre los que hace la solicitud en el
orden de preferencia que le interese, procediéndose a no admitir a los aspirantes situados en
último lugar en el orden reflejado en la solicitud hasta minorar la admisión en el porcentaje
mencionado anteriormente.
Quinto
Listados
1. Finalizado el proceso de revisión de las solicitudes presentadas, se publicará en el calendario de actuaciones de este trámite en la sede electrónica, y en la página web de la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid/servicios/seguridad-emergencias/formacionseguridad-emergencias en su apartado “Convocatorias vigentes de formación en protección
civil”, los siguientes listados:
— Listado provisional de aspirantes que han sido seleccionados hasta completar el cupo.
2. Los Ayuntamientos con aspirantes propuestos no incluidos en el listado provisional, podrán alegar en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la
publicación de los listados provisionales, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le
tendrá por desistido de su petición.
No será admitida a trámite la alegación fuera del plazo establecido, previa resolución
en la que se declare la inadmisión, en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las alegaciones presentadas se aceptarán o denegarán mediante la resolución por la
que se declaren aprobados los listados definitivos.
3. La presentación de alegaciones, subsanación de la solicitud o aportación de documentos preceptivos se realizará, de manera electrónica, en los términos del apartado tercero, punto 2 y 11.
4. Tras el plazo de subsanación, se publicará en el calendario de actuaciones de este
trámite en la sede electrónica, y en la página web de la Comunidad de Madrid del Instituto
de Formación Integral en Seguridad y Emergencias mencionada en el punto 1, la resolución
del Director General de Seguridad por la que se aprueba el listado definitivo de aspirantes
admitidos.
5. Una vez publicada la anterior resolución, se notificará a los ayuntamientos con
alumnos admitidos la fecha exacta de comienzo del curso.
Desarrollo del curso
El desarrollo del curso por parte de los aspirantes a voluntarios seleccionados se realizará conforme a las siguientes consideraciones:
a) Los alumnos deberán disponer de los medios telemáticos necesarios para la realización de la fase online (ordenador de sobremesa, portátil o tablet, así como conexión a Internet), siendo la Agrupación la responsable de garantizar su uso en
caso de no disponer de ellos.
BOCM-20240708-68
Sexto