D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240706-13)
Convenio – Adenda de 19 de junio de 2024, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Robledillo de la Jara para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65)
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BOCM
Pág. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 6 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 160
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
13
ADENDA de 19 de junio de 2024, de modificación del convenio de colaboración
entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia,
Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Robledillo de la Jara para la
ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65).
Madrid, a 19 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante
Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando
en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a)
del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la
Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Ilmo., Sr. D. Guillermo Crescente García-Gómez del Moral, Alcalde del
Ayuntamiento de Robledillo de la Jara, elegido por Acuerdo del Pleno de 17 de junio 2023,
en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de Modificación
del Convenio de colaboración vigente, y
I. El 13 de diciembre de 2021, la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, formalizó Convenio de colaboración con el
entonces Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para la ejecución de proyectos
con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia. El objeto y plazo de este Convenio venía determinado por la Decisión de Ejecución del Consejo de la Unión Europea de fecha 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación
de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España, se establecieron una serie de plazos de ejecución para los diferentes objetivos CID, en los que participaba la Comunidad de Madrid, a través de la referida Consejería.
II. El Consejo de la Unión Europea, a petición de Gobierno de España, ha aprobado
el pasado 13 de octubre de 2023 una Decisión de Ejecución por la que se modifica la Decisión de Ejecución del Consejo de la Unión Europea de fecha 13 de julio de 2021, relativa a
la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España, por la que
se amplían los plazos de ejecución anteriormente citados de las actuaciones vinculadas al
Plan de Recuperación y Resiliencia de España. En virtud de esta Decisión de Ejecución, se
va a suscribir una Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración firmado por el entonces Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 con la Comunidad
de Madrid, en fecha 13 de diciembre de 2021, para la ejecución de proyectos con cargo a
los Fondos Europeos, referenciado en el apartado primero.
III. En virtud del citado Convenio, se formalizó a su vez, el día 1 de agosto de 2022
el Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Robledillo de la Jara
para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (s20_s21_s22_s33_s65).
IV. La cláusula novena del citado Convenio de colaboración establece que cualquiera de las partes, o ambas de mutuo acuerdo, podrán proponer la modificación del convenio
BOCM-20240706-13
MANIFIESTAN
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 6 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 160
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
13
ADENDA de 19 de junio de 2024, de modificación del convenio de colaboración
entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia,
Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Robledillo de la Jara para la
ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65).
Madrid, a 19 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante
Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando
en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a)
del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la
Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Ilmo., Sr. D. Guillermo Crescente García-Gómez del Moral, Alcalde del
Ayuntamiento de Robledillo de la Jara, elegido por Acuerdo del Pleno de 17 de junio 2023,
en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de Modificación
del Convenio de colaboración vigente, y
I. El 13 de diciembre de 2021, la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, formalizó Convenio de colaboración con el
entonces Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para la ejecución de proyectos
con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia. El objeto y plazo de este Convenio venía determinado por la Decisión de Ejecución del Consejo de la Unión Europea de fecha 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación
de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España, se establecieron una serie de plazos de ejecución para los diferentes objetivos CID, en los que participaba la Comunidad de Madrid, a través de la referida Consejería.
II. El Consejo de la Unión Europea, a petición de Gobierno de España, ha aprobado
el pasado 13 de octubre de 2023 una Decisión de Ejecución por la que se modifica la Decisión de Ejecución del Consejo de la Unión Europea de fecha 13 de julio de 2021, relativa a
la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España, por la que
se amplían los plazos de ejecución anteriormente citados de las actuaciones vinculadas al
Plan de Recuperación y Resiliencia de España. En virtud de esta Decisión de Ejecución, se
va a suscribir una Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración firmado por el entonces Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 con la Comunidad
de Madrid, en fecha 13 de diciembre de 2021, para la ejecución de proyectos con cargo a
los Fondos Europeos, referenciado en el apartado primero.
III. En virtud del citado Convenio, se formalizó a su vez, el día 1 de agosto de 2022
el Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Robledillo de la Jara
para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (s20_s21_s22_s33_s65).
IV. La cláusula novena del citado Convenio de colaboración establece que cualquiera de las partes, o ambas de mutuo acuerdo, podrán proponer la modificación del convenio
BOCM-20240706-13
MANIFIESTAN