Colmenar Viejo (BOCM-20240705-62)
Régimen económico. Padrón fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 159
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE JULIO DE 2024
Pág. 197
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
COLMENAR VIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240705-62
Se hace público para general conocimiento que, por decreto de la primera tenencia de
Alcaldía n.o 1579/2024, de 24 de junio, ha sido aprobado el padrón fiscal del impuesto sobre actividades económicas, correspondiente al período impositivo 2024.
Dicho padrón queda expuesto al público en el Servicio de Tesorería del Ayuntamiento de Colmenar Viejo (Gestión Tributaria) por plazo de quince días, contados desde el día
siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Los interesados legítimos podrán examinarlos y, en su caso, interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, dentro del plazo de un mes, a contar desde
el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Colmenar Viejo, a 25 de junio de 2024.—La alcaldesa accidental, D.a Belén Colmenarejo.
(01/10.344/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 159
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE JULIO DE 2024
Pág. 197
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
COLMENAR VIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240705-62
Se hace público para general conocimiento que, por decreto de la primera tenencia de
Alcaldía n.o 1579/2024, de 24 de junio, ha sido aprobado el padrón fiscal del impuesto sobre actividades económicas, correspondiente al período impositivo 2024.
Dicho padrón queda expuesto al público en el Servicio de Tesorería del Ayuntamiento de Colmenar Viejo (Gestión Tributaria) por plazo de quince días, contados desde el día
siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Los interesados legítimos podrán examinarlos y, en su caso, interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, dentro del plazo de un mes, a contar desde
el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Colmenar Viejo, a 25 de junio de 2024.—La alcaldesa accidental, D.a Belén Colmenarejo.
(01/10.344/24)
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ISSN 1989-4791