D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240705-36)
Convenio –  Convenio de 20 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Souling, para el acompañamiento a pacientes menores de edad en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud mediante el desarrollo de actividades de apoyo emocional
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 159

Tercero
La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Humanización, Atención
y Seguridad del Paciente, fomenta y apoya entre sus actividades aquellas relacionadas con
las fundaciones y asociaciones de pacientes en general que, con su labor, contribuyen a una
mejora de la atención sanitaria y al bienestar de los pacientes, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 4.i) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, a cuyo tenor, corresponde a la citada dirección general “La promoción, desarrollo y despliegue de aquellas actuaciones institucionales que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria a través de la personalización de la atención en los diferentes niveles y a lo largo de todo el proceso asistencial”.
Cuarto
El artículo 2, apartados 1 y 2, del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, define el Servicio Madrileño de Salud como un
ente de Derecho Público de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, adscrito a la Consejería que
tenga atribuidas las competencias en materia de sanidad. Asimismo, el artículo 4.a) del Decreto 24/2008 recoge, entre los fines del Servicio Madrileño de Salud, la atención integral
de la salud en todos los ámbitos asistenciales.
Quinto
La disposición adicional segunda, apartado 1, del Decreto 246/2023, de 4 de octubre,
por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud recoge los
centros adscritos al Servicio Madrileño de Salud.
Sexto
La Asociación Souling (en lo sucesivo, la asociación) es una entidad sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, Sección 1.a, con número 602699, que
de acuerdo con los fines previstos en sus estatutos puede llevar a cabo actividades relacionadas con el voluntariado para el acompañamiento y apoyo emocional mediante proyectos
de intervención asistida con animales en centros asistenciales. El proyecto “Baby Soul” es
un programa de acompañamiento y apoyo en el proceso de gestión emocional asociado a la
enfermedad, para niños y niñas, a través de la figura del Perro de Apoyo Social.
Séptimo
Ha sido práctica habitual a lo largo de los años la colaboración de organizaciones de
voluntariado con los hospitales, lo que ha supuesto una importante mejora en la calidad
de vida de los pacientes y que aconseja la instrumentación jurídica a través del presente
convenio para establecer una colaboración fluida mediante la regulación de las relaciones entre las partes. Dicha colaboración se ajustará en todo caso a la Ley 1/2015, de 24
de febrero, del Voluntariado en la Comunidad de Madrid.
Octavo

CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto mejorar la calidad de vida de los pacientes menores de edad ingresados en los centros del Servicio Madrileño de Salud que se relacionan
en el Anexo I, y de sus familiares o allegados, mediante el acompañamiento por parte de

BOCM-20240705-36

Existe una confluencia en los objetivos de las partes, por lo que se considera de interés el establecimiento de una colaboración entre las mismas dirigida a promover la humanización de la asistencia sanitaria y normalizar la vida de los pacientes y sus familiares o
allegados durante el proceso de la enfermedad.
Por todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente convenio en el ámbito sanitario
de acuerdo con las siguientes,