Valdemoro (BOCM-20240704-77)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 190
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 158
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
VALDEMORO
Se publica íntegro para general conocimiento la siguiente resolución de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:
A) Decreto 2491/2024, de 24 de junio, que dice literalmente:
“Por decreto n.o 2330/2023, de 21 de julio, esta Alcaldía efectuó ciertas delegaciones
de las competencias en concejales de la Corporación, todo ello al amparo de lo previsto en
el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
así como de los artículos 43, 44, y 45 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre.
Concretamente, a D. Samuel Hernández Villamón le fue conferida, con la denominación concejal-delegado de Recursos Humanos y Régimen Interior, delegación genérica
para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias delegadas.
Asimismo, se confirió delegación específica para resolver mediante actos que afectan
a terceros, incluidos recursos en vía administrativa, en las materias que se citan en dicho decreto de delegación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos superiores podrán avocar para sí
el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por
delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole
técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Por ausencia del concejal D. Samuel Hernández Villamón el período comprendido entre
los días 29 de junio de 2024 al 14 de julio de 2024, ambos inclusive, resulta preciso avocar
las competencias delegadas por esta Alcaldía en el concejal D. Samuel Hernández Villamón
durante el período mencionado.
En atención a lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el precepto anteriormente transcrito, resuelvo:
Primero.—Avocar las competencias que, en las materias de Recursos Humanos y Régimen Interior, se encuentran delegadas en el concejal D. Samuel Hernández Villamón en
virtud del Decreto n.o 2330/2023, de 21 de julio, el período comprendido entre los días 29
de junio de 2024 al 14 de julio de 2024, ambos inclusive.
Segundo.—Delegar en D. Andrés Leandro Pous de la Flor, concejal-delegado de Educación y Deportes, las mismas competencias en las materias de Recursos Humanos y Régimen Interior, durante el período comprendido entre los días 29 de junio de 2024 al 14 de julio de 2024,
ambos inclusive
Tercero.—Notificar la presente resolución a los interesados con indicación de los recursos que procedan contra la misma.
Cuarto.—Remitir dicha resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su publicación en el mismo, así como publicar la misma en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde
el día de la firma de la resolución por Alcaldía.
Quinto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de
que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4
en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”.
Valdemoro, a 25 de junio de 2024.—El alcalde-presidente, David Conde Rodríguez.
(03/10.164/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240704-77
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Pág. 190
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 158
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
VALDEMORO
Se publica íntegro para general conocimiento la siguiente resolución de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:
A) Decreto 2491/2024, de 24 de junio, que dice literalmente:
“Por decreto n.o 2330/2023, de 21 de julio, esta Alcaldía efectuó ciertas delegaciones
de las competencias en concejales de la Corporación, todo ello al amparo de lo previsto en
el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
así como de los artículos 43, 44, y 45 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre.
Concretamente, a D. Samuel Hernández Villamón le fue conferida, con la denominación concejal-delegado de Recursos Humanos y Régimen Interior, delegación genérica
para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias delegadas.
Asimismo, se confirió delegación específica para resolver mediante actos que afectan
a terceros, incluidos recursos en vía administrativa, en las materias que se citan en dicho decreto de delegación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos superiores podrán avocar para sí
el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por
delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole
técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Por ausencia del concejal D. Samuel Hernández Villamón el período comprendido entre
los días 29 de junio de 2024 al 14 de julio de 2024, ambos inclusive, resulta preciso avocar
las competencias delegadas por esta Alcaldía en el concejal D. Samuel Hernández Villamón
durante el período mencionado.
En atención a lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el precepto anteriormente transcrito, resuelvo:
Primero.—Avocar las competencias que, en las materias de Recursos Humanos y Régimen Interior, se encuentran delegadas en el concejal D. Samuel Hernández Villamón en
virtud del Decreto n.o 2330/2023, de 21 de julio, el período comprendido entre los días 29
de junio de 2024 al 14 de julio de 2024, ambos inclusive.
Segundo.—Delegar en D. Andrés Leandro Pous de la Flor, concejal-delegado de Educación y Deportes, las mismas competencias en las materias de Recursos Humanos y Régimen Interior, durante el período comprendido entre los días 29 de junio de 2024 al 14 de julio de 2024,
ambos inclusive
Tercero.—Notificar la presente resolución a los interesados con indicación de los recursos que procedan contra la misma.
Cuarto.—Remitir dicha resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su publicación en el mismo, así como publicar la misma en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde
el día de la firma de la resolución por Alcaldía.
Quinto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de
que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4
en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”.
Valdemoro, a 25 de junio de 2024.—El alcalde-presidente, David Conde Rodríguez.
(03/10.164/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240704-77
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO