C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240704-17)
Crédito presupuestario ayudas –  Orden 1961/2024, de 19 de junio, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se amplía el importe del crédito presupuestario disponible para el procedimiento de concesión directa de ayudas económicas de pago mensual por gestación, nacimiento de hijo o adopción de menores en la Comunidad de Madrid en el ejercicio 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 158

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
17

ORDEN 1961/2024, de 19 de junio, de la Consejera de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se amplía el importe del crédito presupuestario
disponible para el procedimiento de concesión directa de ayudas económicas
de pago mensual por gestación, nacimiento de hijo o adopción de menores en
la Comunidad de Madrid en el ejercicio 2024.

BOCM-20240704-17

La presente Orden se dicta en virtud de la “Memoria de incremento de créditos de
la orden de disponibilidad para el ejercicio 2024 de las ayudas económicas de pago mensual por gestación, nacimiento de hijo o adopción de menores en la Comunidad de
Madrid (SCONVO/2023/0000315514), de la Directora General de Infancia, Familia y
Fomento de la Natalidad de fecha 17 de mayo de 2024”.
La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c), que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Al amparo de esta norma, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de diciembre de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 308, de 27 de diciembre), modificado mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de febrero de 2022
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 46, de 23 de febrero) y mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 310, de 29 de diciembre), se aprobaron las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas económicas de pago mensual
por gestación, nacimiento de hijo o adopción de menores en la Comunidad de Madrid.
Mediante la Orden 3190/2023, de 25 de octubre, de la Consejera de Familia, Juventud
y Asuntos Sociales, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible
para la concesión directa de ayudas económicas de pago mensual por gestación, nacimiento
de hijo o adopción de menores en la Comunidad de Madrid en el ejercicio 2024, en cumplimiento de lo establecido en el mencionado artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
se declaró el importe de los créditos presupuestarios, de carácter plurianual, con arreglo a
la siguiente distribución de créditos por ejercicio presupuestario:
— Anualidad 2024: 37.449.000,00 euros.
— Anualidad 2025: 47.304.000,00 euros.
— Anualidad 2026: 29.236.500,00 euros.
— Anualidad 2027: 328.500,00 euros.
Una vez propuestos los pagos correspondientes a las ayudas del mes de mayo, se aprecia una insuficiencia de crédito en la aplicación presupuestaria de referencia para hacer
frente a las nuevas obligaciones que será necesario reconocer hasta el próximo mes de diciembre inclusive.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.1.a) y 4.5, de La Ley 2/1995, de 8
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde a la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales la concesión de las ayudas y la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión.