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Convenio – Convenio de 17 de mayo de 2024, de establecimiento del marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Federación de Municipios de Madrid, para facilitar la integración de los municipios del ámbito territorial madrileño en la Red Itiner
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE JULIO DE 2024
Pág. 127
e) Colaborar en la difusión de la programación de la Red en los medios de comunicación.
f) Financiar los gastos de transporte, montaje, desmontaje y almacenaje de las exposiciones a lo largo de su itinerancia en la Red.
g) Ofrecer formación a centros escolares, material didáctico para familias y otros elementos pedagógicos.
h) Impulsar el programa de voluntarios culturales que ofrezcan a los municipios mediación en las salas de exposiciones.
Quinta
Obligaciones de los Ayuntamientos
Corresponderá a los Ayuntamientos:
a) Las salas de exposiciones que participan en las itinerancias de las muestras incluidas en la programación de la Red Itiner asumen los costes derivados del mantenimiento de dichas salas, incluida su vigilancia.
b) En el caso de que la sala de exposiciones anule o modifique cualquier fecha, se
verá obligada a asumir los costes económicos relativos al montaje y desmontaje
de dicha exposición, así como el almacenamiento de la misma.
c) Las salas de exposiciones se comprometen a respetar el calendario establecido por
la Comunidad de Madrid, asumen igualmente el coste del seguro tanto de las obras
como de los elementos expositivos de las exposiciones mientras éstas permanezcan en su sala. A tal fin, la sala de exposiciones deberá contratar una póliza de seguro clavo a clavo, sin franquicia con las condiciones que la Subdirección General de Bellas Artes exija.
d) El día del montaje, las salas de exposiciones deberán estar en perfecto estado para
la adecuada exhibición de las exposiciones de la Red Itiner en lo que se refiere a
los paramentos, equipamiento de colgado, equipamiento de iluminación, accesibilidad y condiciones medioambientales.
e) Los técnicos responsables de la sala de exposición asistirán a las tareas de montaje
y desmontaje de las exposiciones, y comunicarán de forma inmediata a la Dirección General de Promoción Cultural de la Comunidad de Madrid cualquier incidencia surgida durante el período de exposición.
Las salas de exposiciones no están autorizadas a mover, trasladar o manipular
cualquiera de las obras o elementos expositivos que formen parte de la programación de la Red Itiner.
f) Las salas de exposiciones se comprometen a divulgar las exposiciones de la Red
Itiner. Siempre que las exposiciones de la Red Itiner se publiciten, deberán incluirse los logos de la Comunidad de Madrid y de la Red Itiner que, a tal fin, entregue
la Dirección General de Programación Cultural. En cualquier caso, todo material
promocional, en cualquier soporte, relacionado con las exposiciones deberá contar con la previa aprobación de la Dirección General de Promoción Cultural.
g) Las salas de exposiciones se comprometen a que si se realiza un acto de inauguración o presentación de cada alguna de las exposiciones de la Red Itiner, cuyos detalles (fecha, hora, asistentes,…) se pondrán en conocimiento de la Dirección General con antelación suficiente, a fin de que la Comunidad de Madrid valore la
posibilidad de asistir a dicho acto.
h) Una vez finalizada cada muestra, la sala de exposiciones enviará el número de visitantes y la valoración de la exposición, cumplimentando y enviando para ello el
cuestionario de valoración remitido desde la Red Itiner.
BOCM-20240704-47
Cuarta
Obligaciones de la Federación de Municipios de Madrid
En el marco del presente Convenio la FMM asume las siguientes obligaciones:
a) Servir de intermediario entre los municipios madrileños y la Comunidad de
Madrid a fin de dar a conocer a estos de la existencia de la Red Itiner y la forma
de participación en la misma.
b) Realizar labores de mediación entre los municipios que deseen integrarse en la
Red Itiner y la Comunidad de Madrid recabando la información necesaria y facilitando la correcta cumplimentación de la misma
c) Informar a los municipios que deseen incorporarse a la Red Itiner de las obligaciones incluidas en la cláusula quinta del presente Convenio.
d) Difundir las exposiciones de la Red Itiner entre los miembros de la Federación.
B.O.C.M. Núm. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE JULIO DE 2024
Pág. 127
e) Colaborar en la difusión de la programación de la Red en los medios de comunicación.
f) Financiar los gastos de transporte, montaje, desmontaje y almacenaje de las exposiciones a lo largo de su itinerancia en la Red.
g) Ofrecer formación a centros escolares, material didáctico para familias y otros elementos pedagógicos.
h) Impulsar el programa de voluntarios culturales que ofrezcan a los municipios mediación en las salas de exposiciones.
Quinta
Obligaciones de los Ayuntamientos
Corresponderá a los Ayuntamientos:
a) Las salas de exposiciones que participan en las itinerancias de las muestras incluidas en la programación de la Red Itiner asumen los costes derivados del mantenimiento de dichas salas, incluida su vigilancia.
b) En el caso de que la sala de exposiciones anule o modifique cualquier fecha, se
verá obligada a asumir los costes económicos relativos al montaje y desmontaje
de dicha exposición, así como el almacenamiento de la misma.
c) Las salas de exposiciones se comprometen a respetar el calendario establecido por
la Comunidad de Madrid, asumen igualmente el coste del seguro tanto de las obras
como de los elementos expositivos de las exposiciones mientras éstas permanezcan en su sala. A tal fin, la sala de exposiciones deberá contratar una póliza de seguro clavo a clavo, sin franquicia con las condiciones que la Subdirección General de Bellas Artes exija.
d) El día del montaje, las salas de exposiciones deberán estar en perfecto estado para
la adecuada exhibición de las exposiciones de la Red Itiner en lo que se refiere a
los paramentos, equipamiento de colgado, equipamiento de iluminación, accesibilidad y condiciones medioambientales.
e) Los técnicos responsables de la sala de exposición asistirán a las tareas de montaje
y desmontaje de las exposiciones, y comunicarán de forma inmediata a la Dirección General de Promoción Cultural de la Comunidad de Madrid cualquier incidencia surgida durante el período de exposición.
Las salas de exposiciones no están autorizadas a mover, trasladar o manipular
cualquiera de las obras o elementos expositivos que formen parte de la programación de la Red Itiner.
f) Las salas de exposiciones se comprometen a divulgar las exposiciones de la Red
Itiner. Siempre que las exposiciones de la Red Itiner se publiciten, deberán incluirse los logos de la Comunidad de Madrid y de la Red Itiner que, a tal fin, entregue
la Dirección General de Programación Cultural. En cualquier caso, todo material
promocional, en cualquier soporte, relacionado con las exposiciones deberá contar con la previa aprobación de la Dirección General de Promoción Cultural.
g) Las salas de exposiciones se comprometen a que si se realiza un acto de inauguración o presentación de cada alguna de las exposiciones de la Red Itiner, cuyos detalles (fecha, hora, asistentes,…) se pondrán en conocimiento de la Dirección General con antelación suficiente, a fin de que la Comunidad de Madrid valore la
posibilidad de asistir a dicho acto.
h) Una vez finalizada cada muestra, la sala de exposiciones enviará el número de visitantes y la valoración de la exposición, cumplimentando y enviando para ello el
cuestionario de valoración remitido desde la Red Itiner.
BOCM-20240704-47
Cuarta
Obligaciones de la Federación de Municipios de Madrid
En el marco del presente Convenio la FMM asume las siguientes obligaciones:
a) Servir de intermediario entre los municipios madrileños y la Comunidad de
Madrid a fin de dar a conocer a estos de la existencia de la Red Itiner y la forma
de participación en la misma.
b) Realizar labores de mediación entre los municipios que deseen integrarse en la
Red Itiner y la Comunidad de Madrid recabando la información necesaria y facilitando la correcta cumplimentación de la misma
c) Informar a los municipios que deseen incorporarse a la Red Itiner de las obligaciones incluidas en la cláusula quinta del presente Convenio.
d) Difundir las exposiciones de la Red Itiner entre los miembros de la Federación.