Pezuela de las Torres (BOCM-20240703-59)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 157
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59
PEZUELA DE LAS TORRES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240703-59
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 13 de junio de 2024,
acordó la aprobación provisional de la derogación de la ordenanza fiscal de la tasa por
prestación de servicios y realización de actividades en Vertedero Municipal de Pezuela de
las Torres.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a
contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y
presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://pezueladelastorres.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Pezuela de las Torres, a 19 de junio de 2024.—El alcalde, José Pío Carmena Servert.
(03/10.024/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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B.O.C.M. Núm. 157
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59
PEZUELA DE LAS TORRES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240703-59
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 13 de junio de 2024,
acordó la aprobación provisional de la derogación de la ordenanza fiscal de la tasa por
prestación de servicios y realización de actividades en Vertedero Municipal de Pezuela de
las Torres.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a
contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y
presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://pezueladelastorres.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Pezuela de las Torres, a 19 de junio de 2024.—El alcalde, José Pío Carmena Servert.
(03/10.024/24)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791