B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240702-9)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (Grupo IV, Nivel 3, Área D) de la Comunidad de Madrid, se publica la relación provisional de personas excluidas y la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar, o no, documentación acreditativa de la adaptación solicitada
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BOCM
Pág. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 156
establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
4. Aquellas personas que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos
habrán de marcar la causa identificada con el código “Z” del modelo de subsanación, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera de la Orden 2933/2023, de 19 de noviembre.
5. Se acepta el desistimiento de participación en el proceso selectivo de referencia,
declarándose el mismo concluso respecto de las personas aspirantes incluidas en el Anexo
por la causa “W”, de conformidad con lo establecido en el artículo 94, en relación con los
artículos 84.1 y 21.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Quinto
BOCM-20240702-9
De no realizarse por las personas interesadas las subsanaciones correspondientes en el
plazo y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran
aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos ya
descritos, se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos del proceso de referencia.
En el caso de aquellas personas aspirantes que deban aportar la documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, la no presentación de la documentación requerida en el plazo indicado, dará lugar a que se les tenga por desistidas de su solicitud de adaptación.
En Madrid, a 18 de junio de 2024.—La Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, (por delegación de firma de la Directora General de Función Pública, mediante Resolución de 24 de noviembre de 2021), Emilia Álvarez Tornero.
Pág. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 156
establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
4. Aquellas personas que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos
habrán de marcar la causa identificada con el código “Z” del modelo de subsanación, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera de la Orden 2933/2023, de 19 de noviembre.
5. Se acepta el desistimiento de participación en el proceso selectivo de referencia,
declarándose el mismo concluso respecto de las personas aspirantes incluidas en el Anexo
por la causa “W”, de conformidad con lo establecido en el artículo 94, en relación con los
artículos 84.1 y 21.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Quinto
BOCM-20240702-9
De no realizarse por las personas interesadas las subsanaciones correspondientes en el
plazo y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran
aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos ya
descritos, se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos del proceso de referencia.
En el caso de aquellas personas aspirantes que deban aportar la documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, la no presentación de la documentación requerida en el plazo indicado, dará lugar a que se les tenga por desistidas de su solicitud de adaptación.
En Madrid, a 18 de junio de 2024.—La Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, (por delegación de firma de la Directora General de Función Pública, mediante Resolución de 24 de noviembre de 2021), Emilia Álvarez Tornero.