Zarzalejo (BOCM-20240702-117)
Otros anuncios. Candidatura juez de paz
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE JULIO DE 2024
Pág. 243
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
117
ZARZALEJO
OTROS ANUNCIOS
BOCM-20240702-117
Expediente n.o: 416/2024.
Bando de Alcaldía-Presidencia.
Procedimiento: Juzgado de Paz.
Interesado: Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Fecha de iniciación: 20 de junio de 2024.
Bando de la Alcaldía-Presidencia.
Rafael Herranz Ventura, alcalde de este Ayuntamiento, hago saber: Que está previsto
que en el mes de julio de 2024 queden vacantes los cargos de juez de paz, titular y sustituto de nuestro Municipio.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas
juez de paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4
y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de 10 días hábiles para que las personas que estén interesadas, y
reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien
mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias
municipales de la Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar
la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://zarzalejo.sedelectronica.es ).
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de
Paz, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
Zarzalejo, a 20 de junio de 2024.—El alcalde, Rafael Herranz Ventura.
(03/9.958/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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AYUNTAMIENTO DE
117
ZARZALEJO
OTROS ANUNCIOS
BOCM-20240702-117
Expediente n.o: 416/2024.
Bando de Alcaldía-Presidencia.
Procedimiento: Juzgado de Paz.
Interesado: Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Fecha de iniciación: 20 de junio de 2024.
Bando de la Alcaldía-Presidencia.
Rafael Herranz Ventura, alcalde de este Ayuntamiento, hago saber: Que está previsto
que en el mes de julio de 2024 queden vacantes los cargos de juez de paz, titular y sustituto de nuestro Municipio.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas
juez de paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4
y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de 10 días hábiles para que las personas que estén interesadas, y
reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien
mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias
municipales de la Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar
la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://zarzalejo.sedelectronica.es ).
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de
Paz, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
Zarzalejo, a 20 de junio de 2024.—El alcalde, Rafael Herranz Ventura.
(03/9.958/24)
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ISSN 1989-4791