Buitrago del Lozoya (BOCM-20240701-67)
Régimen económico. Ordenanza
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 155
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 1 DE JULIO DE 2024
Pág. 229
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
BUITRAGO DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Se considera aprobado definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones durante el trámite de información pública llevado a efecto, el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de abril de 2024, en virtud del cual
se aprobó, con carácter inicial, la ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación del servicio de Escuelas Deportivas Municipales, participación en competiciones deportivas y por la utilización de instalaciones deportivas de propiedad municipal, y que ha
sido expuesto al público en anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 108, de 7 de mayo de 2024, página 225.
Lo cual se publica, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, insertándose a
continuación el texto íntegro de ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación del servicio de Escuelas Deportivas Municipales, participación en competiciones deportivas y por la utilización de instalaciones deportivas de propiedad municipal.
«ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2
REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACION
DEL SERVICIO DE ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES,
PARTICIPACIÓN EN COMPETICIONES DEPORTIVAS
Y POR LA UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS
DE PROPIEDAD MUNICIPAL
La ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación del servicio de Escuelas Deportivas Municipales, participación en competiciones deportivas y por la utilización
de instalaciones deportivas de propiedad municipal fue aprobada mediante acuerdo adoptado
en sesión plenaria, celebrada el día 30 de noviembre de 2006 y su texto íntegro fue publicado
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 149, de 25 de junio de 2007.
La última modificación de la referida ordenanza fiscal fue aprobada mediante acuerdo
adoptado en sesión plenaria, celebrada el día 24 de febrero de 2022 y su texto íntegro fue
publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 109, de fecha 9
de mayo de 2022.
El largo periodo de tiempo transcurrido desde la aprobación de la presente ordenanza
fiscal, a saber 17 años, aconseja una nueva redacción y su conversión en un texto refundido, tras llevar a cabo las necesarias modificaciones, derivadas de la necesaria actualización
a la nueva normativa legal aprobada con posterioridad al año 2007.
A mayor abundamiento, la oferta deportiva municipal para la presente temporada ha
introducido actividades que no están previstas en la ordenanza fiscal en vigor.
Todo ello, unido a los cambios producidos en la gestión del pago de los precios públicos, denotan la necesidad de llevar a cabo una nueva redacción del texto normativo vigente, adecuándolo a la nueva realidad de esta área, a fin de posibilitar su adecuado desarrollo.
Artículo 1. Concepto.—De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 41 a 47, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Ley 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece el precio público escuelas municipales deportivas, participación en competiciones deportivas y por la utilización de instalaciones deportivas de propiedad municipal, que se regirá por la presente ordenanza fiscal.
Art. 2. Hecho imponible.—Tendrán la consideración de precios públicos, a efectos
de esta ordenanza, las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan por la prestación de
servicios o la realización de actividades en las instalaciones deportivas, concretados básicamente en la inscripción en actividades deportivas guiadas por monitor, adquisición de la
condición de abonado a servicios deportivos municipales, utilización de equipamientos deportivos, reserva de uso de espacios deportivos, y los demás que se prevean; todos ellos re-
BOCM-20240701-67
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
B.O.C.M. Núm. 155
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 1 DE JULIO DE 2024
Pág. 229
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
BUITRAGO DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Se considera aprobado definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones durante el trámite de información pública llevado a efecto, el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de abril de 2024, en virtud del cual
se aprobó, con carácter inicial, la ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación del servicio de Escuelas Deportivas Municipales, participación en competiciones deportivas y por la utilización de instalaciones deportivas de propiedad municipal, y que ha
sido expuesto al público en anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 108, de 7 de mayo de 2024, página 225.
Lo cual se publica, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, insertándose a
continuación el texto íntegro de ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación del servicio de Escuelas Deportivas Municipales, participación en competiciones deportivas y por la utilización de instalaciones deportivas de propiedad municipal.
«ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2
REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACION
DEL SERVICIO DE ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES,
PARTICIPACIÓN EN COMPETICIONES DEPORTIVAS
Y POR LA UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS
DE PROPIEDAD MUNICIPAL
La ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación del servicio de Escuelas Deportivas Municipales, participación en competiciones deportivas y por la utilización
de instalaciones deportivas de propiedad municipal fue aprobada mediante acuerdo adoptado
en sesión plenaria, celebrada el día 30 de noviembre de 2006 y su texto íntegro fue publicado
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 149, de 25 de junio de 2007.
La última modificación de la referida ordenanza fiscal fue aprobada mediante acuerdo
adoptado en sesión plenaria, celebrada el día 24 de febrero de 2022 y su texto íntegro fue
publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 109, de fecha 9
de mayo de 2022.
El largo periodo de tiempo transcurrido desde la aprobación de la presente ordenanza
fiscal, a saber 17 años, aconseja una nueva redacción y su conversión en un texto refundido, tras llevar a cabo las necesarias modificaciones, derivadas de la necesaria actualización
a la nueva normativa legal aprobada con posterioridad al año 2007.
A mayor abundamiento, la oferta deportiva municipal para la presente temporada ha
introducido actividades que no están previstas en la ordenanza fiscal en vigor.
Todo ello, unido a los cambios producidos en la gestión del pago de los precios públicos, denotan la necesidad de llevar a cabo una nueva redacción del texto normativo vigente, adecuándolo a la nueva realidad de esta área, a fin de posibilitar su adecuado desarrollo.
Artículo 1. Concepto.—De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 41 a 47, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Ley 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece el precio público escuelas municipales deportivas, participación en competiciones deportivas y por la utilización de instalaciones deportivas de propiedad municipal, que se regirá por la presente ordenanza fiscal.
Art. 2. Hecho imponible.—Tendrán la consideración de precios públicos, a efectos
de esta ordenanza, las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan por la prestación de
servicios o la realización de actividades en las instalaciones deportivas, concretados básicamente en la inscripción en actividades deportivas guiadas por monitor, adquisición de la
condición de abonado a servicios deportivos municipales, utilización de equipamientos deportivos, reserva de uso de espacios deportivos, y los demás que se prevean; todos ellos re-
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS