Coslada (BOCM-20240628-47)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 28 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 153
Las instrucciones tanto de la cumplimentación de la autoliquidación como el sistema
de pago constan en la página web de este Ayuntamiento, en los enlaces indicados.
La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso, el pago en
la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión
de la convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco por la no presentación del
interesado a las pruebas selectivas.
4. Contenido de las pruebas selectivas:
4.1. Fase de oposicion:
4.1.1. Primer ejercicio:
Primera parte:
De carácter eliminatorio, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 50 preguntas tipo test, con 4 respuestas alternativas, basadas en el temario del Anexo. El 20 por 100 de
las preguntas, como máximo, corresponderán al bloque I del temario y el otro 80 por 100, como
mínimo, corresponderán al bloque II. La duración del ejercicio será de 60 minutos.
Las preguntas contestadas correctamente puntuarán 0,2 puntos, las incorrectas penalizarán 0,05 puntos y las no contestadas no puntuarán ni penalizarán.
La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar 5 puntos para superarlo.
Segunda parte:
De carácter eliminatorio consistirá en desarrollar por escrito dos de cuatro temas a elegir extraídos al azar del bloque II del Anexo. Se apreciará fundamentalmente la amplitud y
compresión de los conocimientos, la claridad y calidad de expresión escrita y el orden de
ideas (80 por 100 de la calificación), así como su forma de presentación (20 por 100 de la
calificación). La duración máxima del ejercicio será de 3 horas.
La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar 5 puntos para superarlo.
Ambos ejercicios se realizarán en una misma sesión. No se corregirá la segunda parte
del ejercicio si no se supera la primera parte.
Calificación del primer ejercicio: de carácter eliminatorio. Será la suma de la puntuación alcanzada en la primera parte y la puntuación alcanzada en la segunda parte del primer
ejercicio.
4.1.2. Segundo ejercicio:
De carácter práctico, consistirá en la resolución de un supuesto práctico a elegir entre
dos propuestos por el Tribunal que contemple de manera integrada la respuesta a aspectos
teóricos y la resolución del supuesto práctico planteado y que versarán sobre las materias
contenidas en el bloque II del Anexo. La duración máxima del ejercicio será de 90 minutos.
Durante el desarrollo de este segundo ejercicio, las personas aspirantes podrán en todo
momento hacer uso de los textos legales, colecciones de jurisprudencia así como libros de
consulta de los que acudan provistos.
Se valorará especialmente el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta o solución razonada para el supuesto práctico, así
como las referencias normativas y su aplicabilidad a los entes locales. A criterio del Tribunal de Selección, las personas aspirantes procederán a la lectura y/o defensa pública del
ejercicio ante el citado Tribunal y, finalizada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con
cada aspirante sobre cuestiones relacionadas con el ejercicio.
La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminadas aquellas personas aspirantes
con puntuación inferior a 5 puntos.
4.2. Fase de concurso:
a) Por servicios prestados en la Administración Pública, relacionados con la plaza a
ocupar, 0,50 puntos por cada 6 meses o fracción superior al mes, hasta un máximo de 4 puntos.
b) Por experiencia laboral en la empresa privada relacionada con la plaza a ocupar o
por el ejercicio de la profesión de abogacía, 0,25 puntos por cada 6 meses o fracción superior al mes, hasta un máximo de 2 puntos.
El ejercicio de la profesión de abogado/a deberá acreditarse mediante certificado
del Colegio de Abogados y Abogadas.
BOCM-20240628-47
Pág. 178
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 153
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de pago constan en la página web de este Ayuntamiento, en los enlaces indicados.
La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso, el pago en
la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión
de la convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco por la no presentación del
interesado a las pruebas selectivas.
4. Contenido de las pruebas selectivas:
4.1. Fase de oposicion:
4.1.1. Primer ejercicio:
Primera parte:
De carácter eliminatorio, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 50 preguntas tipo test, con 4 respuestas alternativas, basadas en el temario del Anexo. El 20 por 100 de
las preguntas, como máximo, corresponderán al bloque I del temario y el otro 80 por 100, como
mínimo, corresponderán al bloque II. La duración del ejercicio será de 60 minutos.
Las preguntas contestadas correctamente puntuarán 0,2 puntos, las incorrectas penalizarán 0,05 puntos y las no contestadas no puntuarán ni penalizarán.
La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar 5 puntos para superarlo.
Segunda parte:
De carácter eliminatorio consistirá en desarrollar por escrito dos de cuatro temas a elegir extraídos al azar del bloque II del Anexo. Se apreciará fundamentalmente la amplitud y
compresión de los conocimientos, la claridad y calidad de expresión escrita y el orden de
ideas (80 por 100 de la calificación), así como su forma de presentación (20 por 100 de la
calificación). La duración máxima del ejercicio será de 3 horas.
La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar 5 puntos para superarlo.
Ambos ejercicios se realizarán en una misma sesión. No se corregirá la segunda parte
del ejercicio si no se supera la primera parte.
Calificación del primer ejercicio: de carácter eliminatorio. Será la suma de la puntuación alcanzada en la primera parte y la puntuación alcanzada en la segunda parte del primer
ejercicio.
4.1.2. Segundo ejercicio:
De carácter práctico, consistirá en la resolución de un supuesto práctico a elegir entre
dos propuestos por el Tribunal que contemple de manera integrada la respuesta a aspectos
teóricos y la resolución del supuesto práctico planteado y que versarán sobre las materias
contenidas en el bloque II del Anexo. La duración máxima del ejercicio será de 90 minutos.
Durante el desarrollo de este segundo ejercicio, las personas aspirantes podrán en todo
momento hacer uso de los textos legales, colecciones de jurisprudencia así como libros de
consulta de los que acudan provistos.
Se valorará especialmente el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta o solución razonada para el supuesto práctico, así
como las referencias normativas y su aplicabilidad a los entes locales. A criterio del Tribunal de Selección, las personas aspirantes procederán a la lectura y/o defensa pública del
ejercicio ante el citado Tribunal y, finalizada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con
cada aspirante sobre cuestiones relacionadas con el ejercicio.
La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminadas aquellas personas aspirantes
con puntuación inferior a 5 puntos.
4.2. Fase de concurso:
a) Por servicios prestados en la Administración Pública, relacionados con la plaza a
ocupar, 0,50 puntos por cada 6 meses o fracción superior al mes, hasta un máximo de 4 puntos.
b) Por experiencia laboral en la empresa privada relacionada con la plaza a ocupar o
por el ejercicio de la profesión de abogacía, 0,25 puntos por cada 6 meses o fracción superior al mes, hasta un máximo de 2 puntos.
El ejercicio de la profesión de abogado/a deberá acreditarse mediante certificado
del Colegio de Abogados y Abogadas.
BOCM-20240628-47
Pág. 178
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