D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240628-23)
Convenio –  Adenda de 31 de mayo de 2024, de prórroga y modificación del convenio de colaboración en materia de formación del profesorado entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y la entidad Federación de Enseñanza de la Unión Sindical Obrera de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 153

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
23

ADENDA de 31 de mayo de 2024, de prórroga y modificación del convenio de colaboración en materia de formación del profesorado entre la Comunidad de
Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y la entidad Federación de Enseñanza de la Unión Sindical Obrera de Madrid.
REUNIDOS

De una parte, D. David Cervera Olivares, Director General de Bilingüismo y Calidad de la
Enseñanza, nombrado por Decreto 198/2023, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), por delegación del titular de la Consejería efectuada por Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de
determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
De otra parte, D. Juan Torija Carpintero, en calidad de apoderado de la Federación de
Enseñanza de la Unión Sindical Obrera de Madrid, mediante escritura de elevación a público
de acuerdos sociales de concesión de poderes, otorgada ante el Notario del Colegio de Madrid,
D. Celso Méndez Ureña, en fecha 21 de abril de 2023, con el número 2.183 de su protocolo.
Actuando en el ejercicio de sus cargos y con la representación que ostentan, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica para suscribir esta adenda de prórroga y modificación, y, en su virtud,
EXPONEN
Primero
La Comunidad de Madrid y la entidad Federación de Enseñanza de la Unión Sindical
Obrera de Madrid suscribieron el día 10 de junio de 2020 un convenio de colaboración en
materia de formación del profesorado.
Segundo
Hasta la fecha, se han cumplido los objetivos propuestos en la firma del convenio.
Tercero
En la cláusula octava del convenio se establece que tendrá una vigencia de cuatro años
desde la fecha de la última firma del mismo, pudiendo prorrogarse, en cualquier momento
antes de la finalización del plazo indicado, por un período equivalente por acuerdo unánime de las partes.

Quinto
Ambas partes expresan su voluntad de continuar desarrollando una actuación conjunta en el ámbito expresado y acuerdan suscribir una adenda de prórroga y modificación, que
se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava del convenio de colaboración en
materia de formación del profesorado entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y la entidad Federación de Enseñanza de la Unión Sindical Obrera de

BOCM-20240628-23

Cuarto
Con la finalidad de actualizar la cláusula en materia de protección de datos para hacer
constar en la misma la normativa vigente, así como los responsables de tratamiento de los
datos personales, se procede a dar nueva redacción a la cláusula séptima del convenio.